Obligaciones de los ayuntamientos

Dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, expedirán los reglamentos, manuales y normas técnicas correspondientes.



Regresar a Ley del Cambio Climático para el Estado de Zacatecas y Municipios
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.