Los ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, deberán elaborar y publicar sus Programas Municipales, como instrumento de planeación e implementación de políticas públicas, metas e indicadores que las autoridades locales se comprometen a cumplir durante el periodo de gobierno correspondiente, de conformidad con el Programa Estatal y las disposiciones de esta Ley, para enfrentar el cambio climático.