Grupos de trabajo
La Comisión Intersecretarial podrá acordar el establecimiento de grupos de trabajo de carácter permanente o temporal, cuyo objeto será la coordinación, seguimiento, desarrollo, evaluación y seguimiento de las funciones de la propia Comisión.
La operación de los grupos de trabajo quedará sujeta a lo establecido en el reglamento interior, donde se señalarán los objetivos, atribuciones, integrantes y funcionamiento.
Regresar a Ley del Cambio Climático para el Estado de Zacatecas y Municipios