El Sistema Estatal de Protección Integral se reunirá de manera ordinaria cada seis meses, y de forma extraordinaria cuantas veces así lo requiera. Para sesionar válidamente se requerirá un quórum de la mayoría de sus miembros y la asistencia de su Presidente; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente o su representante tendrá voto de calidad.