Artículo 98
Los requisitos para ser nombrado titular de la Procuraduría de Protección, son los siguientes:
I. Tener ciudadanía mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener más de 35 años de edad;
III. Contar con título profesional de Licenciatura en Derecho debidamente registrado;
IV. Contar con al menos cinco años de experiencia en materia de procuración de justicia o defensa de niñas, niños y adolescentes, y
V. No haber sido sentenciado por delito doloso o inhabilitado como servidor público.
El nombramiento del titular de la Procuraduría de Protección debe ser aprobado por la Junta de Gobierno del Sistema Estatal DIF, a propuesta de su titular.
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