Artículo 98

Los requisitos para ser nombrado titular de la Procuraduría de Protección, son los siguientes:

I. Tener ciudadanía mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
 
II. Tener más de 35 años de edad;
 
III. Contar con título profesional de Licenciatura en Derecho debidamente registrado;
 
IV. Contar con al menos cinco años de experiencia en materia de procuración de justicia o defensa de niñas, niños y adolescentes, y
 
V. No haber sido sentenciado por delito doloso o inhabilitado como servidor público.
 
El nombramiento del titular de la Procuraduría de Protección debe ser aprobado por la Junta de Gobierno del Sistema Estatal DIF, a propuesta de su titular.


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