Artículo 83

Las madres y padres adolescentes o que estén esperando el nacimiento de un hijo, tienen derecho a protección especial a fin de que logren integrar una familia con esos hijos, criarlos y apoyarlos en su desarrollo. Se establecerán programas tendientes a atenderlos, tales como:

I. Prevención de riesgos en embarazos, partos tempranos y otros riesgos;
 
II. Prohibición de suspensión o expulsión escolar en razón de su maternidad y apoyo a fin de que de ninguna manera se les discrimine en el área laboral;
 
III. Apoyo en la regularización de faltas escolares a fin de que las madres y padres adolescentes puedan seguir estudiando a la vez que atienden a sus responsabilidades de crianza de sus hijos, y
 
V. Asistencia a fin de que los padres y las madres adolescentes comprendan la responsabilidad que implican la maternidad y paternidad, y cumplan con ellas sin violencia y en un ambiente de bienestar.


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