Le corresponde a la Secretaría, a través de la Unidad de Asunto (sic) Internos, verificar que las sanciones descritas en los artículos anteriores y que sean impuestos a los servidores públicos sean debidamente integradas al Registro Estatal del Personal de Seguridad Pública, procurando que dicha información conste por escrito y sea actualizada permanentemente.