El Pleno del Consejo podrá otorgar los reconocimientos a los elementos policiales que se destaquen por lo siguiente:
I. Responsabilidad y disciplina en el desempeño de su servicio;
II. No contar con sanción administrativa ya sea en acta o arresto;
III. Contar como mínimo dos años en el desempeño del servicio en la institución policial que corresponda; y
IV. No encontrarse sujeto a procedimiento administrativo o judicial.