De las sanciones
El Tribunal conocerá de las infracciones y violaciones a las disposiciones de las leyes de la materia en que incurran los servidores públicos electorales, procediendo a imponer la sanción correspondiente, misma que podrá ser cualquiera de las siguientes:
I. Apercibimiento;
II. Amonestación;
III. Multa;
IV. Suspensión;
V. Destitución del cargo; y
VI. Inhabilitación temporal para desempeñar empleo, cargo o comisión en la función electoral.
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