De las responsabilidades de los Servidores Públicos Electorales
Serán causas de responsabilidad administrativa de los servidores públicos electorales, además de las previstas en el artículo 63 fracción III, las siguientes:
I. Faltar injustificadamente los días y horas reglamentarios al desempeño de sus labores;
II. Dejar de presentar oportunamente los proyectos de resolución que se le encomienden o no elaborarlos conforme las instrucciones que haya formulado el Magistrado
III. Omitir el registro de control de los expedientes que se le asignen;
IV. Externar comentarios respecto de los asuntos que le hayan sido encomendados;
V. Formular proyectos en asuntos en que tuviese impedimento legal;
VI. Retardar, indebida o maliciosamente, las notificaciones, emplazamientos o diligencias de cualquier clase que les fueren encomendadas;
VII. Dar preferencia a alguno o algunos de los litigantes, en perjuicio de otros, por cualquier causa, en el trámite de los expedientes;
VIII. Dejar de observar las reglas procesales aplicables en la práctica de las diligencias que se les encomienden;
IX. Retardar o no realizar el asentamiento, en los expedientes, de los acuerdos, proveídos o certificaciones que procedan de oficio o por mandato judicial;
X. Omitir el cuidado y vigilancia de los expedientes, documentos y objetos que estén a su cuidado;
XI. Descuidar los registros que deban inscribirse en los libros de gobierno y control;
XII. Incumplir las obligaciones de dar cuenta, dentro del término de ley, con oficios, promociones, expedientes y de entregar al secretario de acuerdos los valores afectos o que se exhiban en los expedientes a su cargo;
XIII. Rehusarse a recibir escritos y promociones;
XIV. Retardar o no dar cuenta con los documentos que reciba;
XV. Omitir en los documentos que reciba el asentamiento del día y la hora que corresponda, la razón de los anexos que se adjunten, su firma y demás datos que señale la ley y el reglamento;
XVI. Tratar sin la debida corrección y oportunidad a los litigantes y público en general;
XVII. Llevar a cabo las actividades propias de su encomienda sin la debida diligencia, profesionalismo, honestidad, eficiencia y eficacia, que requiera su trabajo;
XVIII. Provocar deliberadamente, conflictos interpersonales con sus compañeros de labores; y
XIX. Desobedecer las órdenes de sus superiores.
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