Las condiciones de trabajo de los servidores públicos electorales de este Tribunal, estarán previstas en esta Ley, el Reglamento Interior, en el Reglamento del Servicio de Carrera y demás disposiciones aplicables.
Los servidores del Tribunal estarán obligados a prestar sus servicios durante los horarios que se establezcan, tomando en cuenta que durante los procesos electorales, todos los días y horas son hábiles.
Durante los procesos electorales, no se pagarán horas extras, pero se preverán en el presupuesto las compensaciones extraordinarias que deban otorgarse a los servidores del Tribunal, de acuerdo con los horarios y cargas de trabajo que hubieren desahogado.