El Tribunal se integrará por cinco Magistrados, que actuarán en forma colegiada y permanecerán en su encargo durante siete años; serán electos en forma escalonada por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, mediante convocatoria pública y conforme a lo dispuesto en el reglamento respectivo.
Será presidido por un Magistrado, que será designado por votación mayoritaria de los Magistrados integrantes del Pleno y la Presidencia deberá ser rotatoria, en los términos previstos en la presente Ley y en el Reglamento.
Estructura del Tribunal
Artículo 15
El Tribunal estará integrado con la estructura siguiente:
I. El Pleno, que estará integrado por los cinco Magistrados;
II. Las Comisiones;
III. La Secretaría General de Acuerdos;
IV. Las Ponencias, que se integrarán por los Coordinadores, Secretarios de Estudio y Cuenta e Instructores o Auxiliares que se requieran para el adecuado funcionamiento del Tribunal, conforme al Reglamento;
V. La Coordinación Administrativa;
VI. La Coordinación de Capacitación y Enlace Institucional;
VII. La Coordinación del Servicio Profesional de Carrera Jurisdiccional Electoral;
VIII. La Unidad de Comunicación Social;
IX. La Unidad de Sistemas Informáticos;
X. La Unidad de Transparencia, y
XI. Los órganos y personal de apoyo necesario para el adecuado funcionamiento de todas las áreas del Tribunal.