Artículo 45

El Programa General para la Prevención y Atención del Acoso Escolar incluirá las directrices, objetivos, metas, estrategias, lineamientos y acciones que garanticen la prevención, atención y erradicación del acoso escolar en las instituciones educativas del Estado, asimismo los mecanismos de intervención en casos concretos de acoso escolar, con base en una unidad conceptual integral y un conjunto de lineamientos de coordinación interinstitucional que impidan la fragmentación de las actuaciones de las dependencias y entidades, así como la revictimización de las víctimas de acoso escolar.



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