Artículo 6

Los estudiantes tienen los siguientes derechos:

I. Ser respetados en su integridad física, psicológica y social;
 
II. Ser respetados en sus derechos humanos;
 
III. Ser respetados dentro y fuera de las instalaciones educativas;
 
IV. Se respeten sus pertenencias y objetos personales;
 
V. No ser sujetos de ningún tipo de discriminación;
 
VI. Gozar de un ambiente de tranquilidad, paz, concordia y sin (sic) de violencia dentro y fuera de las instalaciones educativas;
 
VII. Participar en actividades que fomenten la sana convivencia y la paz para prevenir el acoso escolar;
 
VIII. Participar en el Programa General, y
 
IX. Los demás que establezca la presente Ley y otras disposiciones legales aplicables.


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