Artículo 6
Los estudiantes tienen los siguientes derechos:
I. Ser respetados en su integridad física, psicológica y social;
II. Ser respetados en sus derechos humanos;
III. Ser respetados dentro y fuera de las instalaciones educativas;
IV. Se respeten sus pertenencias y objetos personales;
V. No ser sujetos de ningún tipo de discriminación;
VI. Gozar de un ambiente de tranquilidad, paz, concordia y sin (sic) de violencia dentro y fuera de las instalaciones educativas;
VII. Participar en actividades que fomenten la sana convivencia y la paz para prevenir el acoso escolar;
VIII. Participar en el Programa General, y
IX. Los demás que establezca la presente Ley y otras disposiciones legales aplicables.
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