SEGUNDO

En el término de setenta días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, deberán integrarse los Consejos de Premiación.



Regresar a Ley de Premios al Mérito Ciudadano del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.