ARTÍCULO 25

Los Secretarios Técnicos de los Consejos de Premiación realizarán la respectiva convocatoria a las sesiones de los Jurados Calificadores en los tiempos, lugares y bajo los procedimientos establecidos previamente para la evaluación de expedientes. 

Así mismo establecerán el orden del día de las sesiones de evaluación de los expedientes respectivos.


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