Artículo 106

Corresponde al Procurador General expedir los criterios para la depuración y destrucción de los expedientes generados en la Procuraduría General, mismos que deberán publicarse en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado. En dichos criterios deberán observarse las reglas de la prescripción.



Regresar a Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.