Artículo 616

Los gastos que ocasione el procedimiento serán pagados con cargo al patrimonio del denunciado.

Si el juez considera que la demanda se ha formulado sin motivo o con propósitos dolosos, los gastos serán a cargo del demandante.


Regresar a Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.