Artículo 593

Las sentencias recaídas en el juicio sobre paternidad y filiación, serán revisables de oficio, abriéndose la segunda instancia, aunque las partes no apelen ni expresen agravios. El tribunal examinará la legalidad de la sentencia de primera instancia, quedando entre tanto sin ejecutarse ésta.



Regresar a Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.