Será materia de responsabilidad civil de los abogados patronos y de los procuradores, abandonar la defensa de un cliente o negocio sin motivo justificado y causando un daño. También incurrirán en responsabilidad civil hacia la parte que representen cuando le causan un daño o perjuicio por su negligencia, actitud maliciosa o culpa grave. Esta responsabilidad podrá exigirse en forma incidental en el juicio correspondiente.