En los inmuebles ubicados en los polígonos declarados como zonas típicas, zonas de monumentos, zonas de transición, sitios, monumentos, itinerarios culturales, rutas de acceso y paisajes culturales, la tipología de vanos será con los materiales propios de la región, quedando prohibido al efecto, el uso de chapa de cantera laminada. La separación mínima entre los citados marcos será de treinta centímetros.