ARTÍCULO 311
Los derechos y obligaciones de los condóminos se regirán por:
I. El Código;
II. El Código Civil del Estado;
III. La escritura constitutiva del condominio;
IV. El reglamento de administración del condominio;
V. El contrato de adquisición o promesa de adquisición respectivo; y
VI. La legislación urbana aplicable.
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