ARTÍCULO 270

Toda persona física o moral, pública o privada, que pretenda fusionar o subdividir áreas o predios, deberá presentar la solicitud por escrito ante el Presidente Municipal correspondiente, anexando los siguientes datos y documentos:

I. Datos personales del solicitante;
 
II. Datos de las áreas o predios;
 
III. Constancia de propiedad a favor del o de los solicitantes y certificado de libertad de gravamen;
 
IV. Constancia de no adeudo del impuesto a la propiedad raíz y clave catastral de los predios;
 
V. Plano a escala del terreno o de los terrenos con acotaciones en metros y señalando la orientación de los mismos;
 
VI. Plano a escala de la fusión o subdivisión que se pretenda realizar;
 
VII. Constancia de alineamiento; y
 
VIII. Características de la urbanización del terreno o terrenos.


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