Será necesaria la autorización de la Comisión del Patrimonio Cultural para el establecimiento de lugares de reunión tales como bares, discotecas, salones de baile y análogos, así como talleres o industrias de cualquier índole en zonas típicas; la que sólo se concederá cuando se cumpla con las condiciones impuestas en la propia autorización para que los talleres o industrias que se establezcan no den mal aspecto a la zona, ni molesten a los vecinos.