Artículo 17
Para satisfacer los requerimientos de adquisiciones y arrendamiento de bienes inmuebles las entidades públicas, deberán observar los siguientes lineamientos:
I. Verificar si el requerimiento de bienes corresponde al programa y presupuesto anual aprobado y a la autorización presupuestal de inversión;
II. Tomar en cuenta la justificación, suficiencia presupuestal y las prioridades relacionadas con sus planes y programas;
III. Ponderar la cuantía y las cualidades de los bienes solicitados según sus características, y en su caso su ubicación, así como las necesidades a cubrir; y
IV. Revisar el inventario y catálogo del patrimonio existente y disponible.
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