El Laboratorio tendrá la naturaleza jurídica que se determine en la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Zacatecas.
Su domicilio, organización y funcionamiento serán los que se establezcan en su Reglamento correspondiente.
Atribuciones del Laboratorio
Artículo 19
El Laboratorio ejercerá las atribuciones siguientes:
I. Promover la creación, desarrollo, utilización y difusión del Software Libre y de Código Abierto en los sectores público, privado y social del Estado;
II. Ser la instancia coordinadora de los esfuerzos que se lleven a cabo en los sectores público, privado y social del Estado de Zacatecas, en materia de creación, desarrollo, utilización y difusión del Software Libre y de Código Abierto;
III. Realizar y someter a consideración de la Junta Directiva del COZCYT, el Proyecto de Plan Estatal de Creación, Desarrollo, Utilización y Difusión del Software Libre y de Código Abierto en los sectores público, privado y social del Estado de Zacatecas;
IV. Fomentar, en coordinación con las instituciones de educación superior del Estado, en los estudiantes de licenciatura, especialización, maestría y doctorado, el impulso de acciones específicas tendientes a la creación y desarrollo de Software Libre y de Código Abierto;
V. Llevar a cabo las acciones procedentes para desarrollar los proyectos de Software Libre y de Código Abierto, que permitan lograr mayor eficiencia en los procesos informáticos internos, el ahorro progresivo de recursos y el incremento en la productividad de los servidores públicos adscritos a las dependencias;
VI. Brindar asesoría en relación a las actividades que deban realizarse en los sectores público, privado y social, para llevar a cabo procesos tendientes al desarrollo de Software Libre y de Código Abierto;
VII. Emitir opinión respecto de los casos de excepción a que se refiere el artículo 11 de esta Ley;
VIII. Brindar capacitación a los sectores público, privado y social en materia de creación, desarrollo, utilización y difusión del Software Libre y de Código Abierto;
IX. Realizar eventos de divulgación sobre Software Libre y de Código Abierto, así como editar un órgano de difusión en el que se den a conocer entre los sectores público, privado y social, los avances que se hayan tenido en materia de creación, desarrollo, utilización y difusión del Software Libre y de Código Abierto;
X. Suscribir, por conducto del COZCYT, convenios con dependencias, instituciones y organizaciones, con objetivos afines, a efecto de fomentar la creación, desarrollo, utilización y difusión del Software Libre y de Código Abierto, y
XI. Las que se establezcan en esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables