Partes en el procedimiento
Son partes en el procedimiento del juicio de relaciones laborales:
I. El actor, que será el servidor electoral afectado por el acto o resolución impugnado quien deberá actuar personalmente o por conducto de apoderado o representante autorizado; y
II. El demandado que será el Tribunal o el Instituto, que actuará por conducto de su representante legal, según corresponda.
Regresar a Ley del Sistema de Medios de Impugnación Electoral del Estado de Zacatecas