Se derogan todas las disposiciones que contravengan esta Ley.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
DADO en la sala de sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los dieciséis días del mes de Junio del año dos mil once.- Diputado Presidente.- PABLO RODRÍGUEZ RODARTE. Diputados Secretarios.- JOSÉ RODRÍGUEZ ELÍAZ ACEVEDO Y JORGE LUIS GARCÍA VERA.- Rubricas.
Y para que llegue al conocimiento de todos y se dé el debido cumplimiento, mando se imprima, publique y circule.
DADO en el despacho del Poder Ejecutivo del Estado, a los dieciséis días del mes de Junio del año dos mil once.
A t e n t a m e n t e.
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”
EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE ZACATECAS
Lic. MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES.