CONSIDERANDO TERCERO

Que mediante este Decreto se presenta un nuevo instrumento legal que contiene en su articulado las bases necesarias para propiciar el equilibrio de la citada relación, procurando tasar de manera justa, la complejidad jurídica, tiempo y material requerido para la formulación de los instrumentos.


Por lo anteriormente expuesto, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se:

DECRETA

LEY DE ARANCEL DE HONORARIOS DE LOS NOTARIOS PÚBLICOS DEL ESTADO DE ZACATECAS

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