CONSIDERANDO CUARTO

Que resulta necesario propiciar los medios para la preservación y difusión del acervo histórico documental de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado de Zacatecas, que es pieza fundamental del Patrimonio Histórico de la Entidad y de la Nación.

Por lo anteriormente expuesto, en nombre del pueblo es de decretarse y se

DECRETA

LEY DEL SISTEMA ESTATAL DE ARCHIVOS DE ZACATECAS

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