ARTÍCULO 14
Corresponde al Consejo Consultivo de Directores:
I. Elaborar proyectos de Planes y Programas de Estudios;
II. Analizar los problemas académicos y administrativos de los planteles y proponer las soluciones que estime convenientes;
III. Acordar los Programas sobre Actualización y Mejoramiento Profesional Académico; y
IV.Ejercer las atribuciones que le señale este ordenamiento y las normas y disposiciones reglamentarias del Colegio.
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