Dip. J. Refugio Medina Hernández | ||
Presidente |
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Dip. Francisco Escobedo Villegas |
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Secretario | ||
Dip. José Luis García Hernández | ||
Secretario | ||
Facultades y Atribuciones »» | |
(Ley Orgánica del Poder Legislativo) |
ARTÍCULO 154.- Corresponde a la Comisión de Reservas Territoriales y Lotes Baldíos, el conocimiento y dictamen de los asuntos siguientes:
I. La legislación en materia de reservas territoriales; II. Las bases que regulen el uso, aprovechamiento y expropiación de lotes baldíos, en las cabeceras municipales y comunidades del Estado; III. La coordinación con la Comisión de Obras Públicas y Desarrollo Urbano para vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de áreas verdes y espacios para servicios comunitarios en las colonias; IV. Las bases que regulen la creación y constitución de las reservas territoriales de los municipios; y V. La normatividad relacionada con la regularización de predios en el Estado.