Dip. Avelardo Morales Rivas | ||
Presidente |
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Dip. Feliciano Monreal Solís |
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Secretario | ||
Dip. Leodegario Varela González | ||
Secretario | ||
Facultades y Atribuciones »» | |
(Ley Orgánica del Poder Legislativo) |
ARTÍCULO 153.- Corresponde a la Comisión de Organización de Productores y Ramas de Producción, el conocimiento y dictamen de los asuntos siguientes:
- I. La normatividad para fortalecer la organización de los productores, fomentando programas que apoyen la producción y la comercialización;
- II. Las bases normativas para la capacitación, organización y reconversión productiva;
- III. La atención a las distintas organizaciones que tengan relación con el desarrollo rural y la producción agropecuaria;
- IV. La normatividad necesaria para lograr la organización estatal de productores agrícolas; y
- V. La normatividad relativa a la organización de la producción y la comercialización ganadera.