Dip. Manuel de Jesús García Lara | ||
Presidente |
||
Dip. Jorge Luis Rincón Gómez | ||
Secretario | ||
Dip. Francisco Escobedo Villegas | ||
Secretario | ||
Facultades y Atribuciones »» | |
(Ley Orgánica del Poder Legislativo) |
ARTÍCULO 140.- Corresponde a la Comisión de la Niñez , la Juventud y el Deporte, el conocimiento y dictamen de los asuntos siguientes:
I. De las normas que aseguren el fomento, la participación de niñas, niños y jóvenes en las actividades deportivas y recreativas; II. De la promoción de foros, talleres, seminarios con organizaciones juveniles que tengan que ver con el deporte y en general las demandas y aspiraciones de la juventud; III. De las disposiciones para la prevención y combate a la drogadicción y el alcoholismo entre las niñas, los niños y los adolescentes; y IV. Del estudio de las condiciones sociales, políticas, económicas y culturales en que se encuentran las niñas, los niños y los adolescentes.