Dip. María Luisa Sosa de la Torre | ||
Presidenta |
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Dip. Angélica Náñez Rodríguez | ||
Secretaria | ||
Dip. Silvia Rodríguez Ruvalcaba |
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Secretaria | ||
Facultades y Atribuciones »» | |
(Ley Orgánica del Poder Legislativo) |
ARTÍCULO 149.- Corresponde a la Comisión de Equidad entre los Géneros, el conocimiento y dictamen de los asuntos siguientes:
I. Los que se refieran a las iniciativas de ley, reformas o adiciones relacionadas con la equidad de géneros; II. Las medidas legislativas para el cumplimiento de los acuerdos, convenios y conferencias internacionales que México haya suscrito, así como darle seguimiento a los mismos; III. La promoción de la cultura y equidad entre los géneros; IV. Los que se relacionen con la discriminación o maltrato de la mujer o del varón, por razones de sexo, raza, edad, credo político o religioso y situación socioeconómica, entre otros; V. Las propuestas tendientes a garantizar la equidad entre la mujer y el hombre y aquellas con el objeto de garantizar la tolerancia y evitar la discriminación; VI. Lo relativo al tratamiento a la legislación para prevenir y atender la violencia intrafamiliar; VII. Las normas mediante las cuales se asegure que los distintos programas de gobierno incluyan un apartado especial de atención a madres jefas de familia; y VIII. Lo relativo a la organización estatal y municipal de las madres jefas de familia.