Se Reelige en el cargo de Comisionado Integrante de la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 444
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
RESULTANDO PRIMERO.- Con fecha 16 de diciembre del año en curso, se recibió en la Secretaría General de esta Legislatura, oficio RODG.159/09, fechado el mismo día, suscrito por la C. Lic. Amalia García Medina, Gobernadora del Estado, por el que, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 37, último párrafo de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado, somete a la consideración de esta Legislatura, la reelección o ratificación en el cargo de Comisionado de la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública, DR. JAIME ALFONSO CERVANTES DURÁN, para un segundo periodo de cuatro años, a partir del 22 de diciembre de 2009.
RESULTANDO SEGUNDO.- A través del memorándum número 962 de fecha 17 de diciembre del presente año, el asunto fue turnado para su análisis y dictamen a la Comisión Legislativa de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
CONSIDERANDO PRIMERO.- Los artículos 82 fracción XI de la Constitución Política local, 37 último párrafo y 39 primer párrafo de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas y 170 del Reglamento General del Poder Legislativo, textualmente señalan:
ARTÍCULO 170.-Los comisionados de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública, serán nombrados por el Gobernador, con la ratificación de la mayoría de los diputados presentes.
Recibidas las solicitudes de ratificación de los nombramientos, la Secretaría General informará de su recepción al Presidente y al Presidente de la Comisión de Régimen Interno. Una vez leídas las solicitudes en el Pleno, serán turnadas a la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a efecto de que dictamine sobre la procedencia de las ratificaciones. El dictamen será sometido a la consideración del Pleno.
De rechazarse la ratificación solicitada, se hará del conocimiento del Gobernador a efecto de que remita las nuevas designaciones, siguiendo el procedimiento mencionado en el párrafo anterior.
Como se ve, esta disposición previene la facultad del Ejecutivo del Estado de someter a la consideración de esta Legislatura, la reelección y paralelamente la ratificación del DR. JAIME ALFONSO CERVANTES DURÁN, como Comisionado de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas y la atribución de la Comisión para proponer el presente dictamen.
En consecuencia, el Pleno de la Legislatura es competente para resolver acerca de la reelección y/o la ratificación que solicita la Gobernadora del Estado.
CONSIDERANDO SEGUNDO.- En efecto, el artículo 38 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, establece como requisitos para ser miembro de la Comisión los siguientes:
I. Ser ciudadano zacatecano en pleno ejercicio de sus derechos.
II. Tener al menos veinticinco años cumplidos al día de la designación.
III. Contar con título profesional de Licenciatura.
IV. No haber desempeñado cargo ni ser dirigente de algún partido político o asociación política, no ser ministro de cualquier culto religioso, ni haber sido servidor público por lo menos un año antes del día de la designación.
A efecto de dar fundamento legal a la solicitud hecha, se toma en consideración el contenido del párrafo primero del artículo 39 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas que a la letra dice:
Artículo 39.- Los comisionados durarán en su encargo cuatro años pudiendo ser reelegidos por una sola vez y durante el mismo no podrán tener otro empleo, cargo o comisión, excepto las actividades de docencia, científica o de beneficencia.
CONSIDERANDO TERCERO.- Por lo anterior, y verificado que el Ciudadano propuesto continúa reuniendo los requisitos de Ley, el Pleno de esta Legislatura estima procedente se reelija y ratifique al Ciudadano propuesto por la Licenciada AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, Gobernadora del Estado, como integrante de la Comisión de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se
DECRETA
SE REELIGE EN EL CARGO DE COMISIONADO INTEGRANTE DE LA COMISIÓN ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
ARTÍCULO PRIMERO.- La Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, aprueba la reelección en el cargo del C. JAIME ALFONSO CERVANTES DURÁN, como Comisionado de la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, respectivamente, por un periodo de cuatro años contados a partir del 22 de diciembre del presente año, en términos del artículo 39 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notifíquese de la reelección en el cargo al Ciudadano JAIME ALFONSO CERVANTES DURÁN.
ARTÍCULO TERCERO.- Notifíquese el presente Decreto a los integrantes de la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.
ARTÍCULO CUARTO.- Publíquese por una sola vez en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
DADO en el Recinto de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, el día 18 de diciembre del año dos mil nueve.
PRESIDENTE
DIP. AVELARDO MORALES RIVAS
SECRETARIO
SECRETARIO
DIP. UBALDO ÁVILA ÁVILA
DIP. MANUEL HUMBERTO ESPARZA PÉREZ
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