Se aprueban los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Fresnillo, Zacatecas, del Ejercicio Fiscal 2008 - LX Legislatura (Sep 2010 - Sep 2013)
DECRETO # 33
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.-La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del Municipio, y en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.-La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Fresnillo, Zacatecas, del ejercicio 2008;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2008 del Municipio de Fresnillo, Zacatecas, el día 17 de marzo de 2009, que fue presentada en tiempo y forma legales.
b).-Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, mediante oficio PL-02-01/1848/2009 de fecha 27 de julio de 2009.
INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $706’634,048.05 (SETECIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO PESOS 05/100 M.N.), que se integran por el 45.28% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, 28.69% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 26.03% de Otros Programas y Ramo 20; con un alcance de revisión del 62.39%;
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $534’790,690.30 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS 30/100 M.N.), de los que se destinó el 49.66% para el concepto de Gasto Corriente y Deuda Pública, 2.56% para el Programa Municipal de Obra, 27.73% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 20.05% para Otros Programas y Ramo 20; con un alcance de revisión del 39.52%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio 2008, un Superávit por el orden de $171’843,357.75 (CIENTO SETENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 75/100 M.N.), en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.
CUENTAS DE BALANCE:
BANCOS.- Se presentó un saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2008, de $34’236,266.30 (TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 30/100 M.N.), integrado por 25 cuentas bancarias a nombre del Municipio.
DEUDORES DIVERSOS.- Presentó saldo en Deudores Diversos al último día del ejercicio por $13’997,752.20 (TRECE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 20/100 M.N.), el cual se integra por adeudos de empleados por la cantidad de $8,873,307.67 (63.39%) y otros deudores por $5,124,444.53 (36.61%).
ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008, fue por $97’484,018.61 (NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DIECIOCHO PESOS 16/100 M.N.). Las adquisiciones realizadas en el ejercicio fueron por la cantidad de $8’174,938.40 (OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 40/100 M.N.).
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $17’457,140.86 (DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA PESOS 86/100 M.N.), habiéndose ejercido en su totalidad, así mismo, las 20 obras programadas fueron concluidas por lo que se observó cumplimiento en su ejecución.
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.- El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $78’449,432.00 (SETENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), distribuido de la siguiente manera: 95% para Infraestructura Básica Obras y Acciones, 3% para Gastos Indirectos y 2% para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2008 los recursos fueron aplicados en un 40.77%.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $73’672,844.00 (SETENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), se destinaron conforme a los siguiente: 5.08% a Obligaciones Financieras, 24.84% para Seguridad Pública, 64.82% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones y 5.26% para Adquisiciones. La aplicación de los recursos al último día del ejercicio se realizó en un 82.15%.
RAMO 23.- Se revisaron recursos del Fondo de Apoyo Social Municipal (Fonregión) por el orden de $13’013,426.50 (TRECE MILLONES TRECE MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS PESOS 50/100 M.N.), que corresponde a la muestra seleccionada de cinco obras autorizadas en el rubro de Urbanización Municipal y Reconstrucción de Caminos.
RAMO 20.- Se revisaron recursos del Programa 3X1 para Migrantes por el orden de $6’354,804.00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUATRO PESOS 00/100 M.N.), que corresponde a la muestra seleccionada de tres obras autorizadas en el rubro de Electrificación y Urbanización Municipal, con ejercicio de recursos en dos de ellas.
Del Programa Hábitat, se revisaron recursos por un monto de $4’379,600.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), que corresponden a la muestra de 6 obras aprobadas en el Programa de Urbanización Municipal.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS:
CLASIFICACIÓN
INDICADOR
RESULTADO
Administración de Efectivo
Liquidez
Cuenta con Liquidez ya que el Municipio dispone de $9.03 de activo circulante para pagar cada $1.00 de sus obligaciones a corto plazo.
Administración de Pasivo
Carga de la Deuda
La carga de la deuda para el Municipio fue por el orden de $101’290,014.00 que representa el 18.94% del gasto total.
Solvencia
Cuenta con un nivel Positivo de solvencia para cumplir con sus obligaciones a largo plazo, ya que su pasivo total representa el 7.93% del total de sus activos.
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 85.16%.
Administración
Presupuestaria
Realización de Inversiones, Servicios y Beneficio Social
El 42.28% de los Ingresos por Participaciones y Aportaciones Federales fue destinado a obras de Infraestructura, servicios públicos y obras de beneficio social, existiendo por tanto un nivel no aceptable de inversión en los rubros mencionados.
Índice de Tendencias de Nómina
El gasto en nómina presentó decremento del 8.63% respecto del ejercicio anterior.
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 67.89% del total del gasto de operación.
Resultado Financiero
Presenta un grado no aceptable de equilibrio financiero en la administración de sus recursos, la existencia mas los ingresos del ejercicio fueron inferiores en un 1.41% a los egresos realizados en el mismo.
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS:
a)Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto; porcentaje ejercido del monto asignado (a la fecha de revisión)
50.6
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS.
Concentración de inversión en pavimentos
15.6
Porcentaje de viviendas que carecen del servicio de agua potable
7.5
Porcentaje de viviendas que no cuentan con drenaje
14.7
Porcentaje de viviendas que no cuentan con energía eléctrica
3.2
Concentración de inversión en la Cabecera Municipal
28.4
Concentración de la población en la Cabecera Municipal
56.4
DIFUSIÓN.
Índice de difusión de obras y acciones a realizar, incluyendo costo, ubicación, metas y beneficiarios.
100.0
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
ORIENTACIÓN DE LOS RECURSOS (a la fecha de revisión)
Gasto en Obligaciones Financieras
4.9
Gasto en Seguridad Pública
23.6
Gasto en Obra Pública
20.6
Gasto en Otros Rubros
40.4
Nivel de Gasto ejercido
89.5
c) Programa Municipal de Obras
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto a la fecha de revisión
100.0
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS
Porcentaje de obras que no están terminadas y/o no operan
0.0
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Porcentaje de obras de la muestra de auditoría con acta de entrega recepción
N/A
d) Servicios Públicos
INDICADOR
INTERPRETACIÓN
RELLENO SANITARIO
El Relleno Sanitario cumple en 90.9% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, teniendo un nivel Positivo en este rubro.
RASTRO MUNICIPAL
El Rastro Municipal presenta un 96.2% de grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de salud e higiene bajo la norma oficial mexicana, observándose que cuenta con un nivel Positivo en esta materia.
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
El Municipio de Fresnillo, Zacatecas, cumplió en 82.80% la entrega de documentación Presupuestal, Comprobatoria, Contable Financiera, de Obra Pública, y de Cuenta Pública Anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/724/2010 de fecha 26 de marzo de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
TIPO DE ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
Cantidad
Tipo
Acciones Correctivas
Pliego de Observaciones
10
1
9
Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria
9
Solicitud de Intervención del O.I.C.
10
10
0
----
0
Solicitud de Aclaración
21
6
8
Fincamiento Responsabilidad Administrativa
8
7
Recomendación
7
Subtotal
41
17
24
24
Acciones Preventivas
Recomendación
17
7
10
Recomendación
10
Subtotal
17
7
10
10
TOTAL
58
24
34
34
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
1.La Auditoría Superior del Estado con relación a las Recomendaciones y Solicitudes de Intervención del Órgano Interno de Control, solicitó la atención de las autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
2. La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, resultado de las Acciones a Promover AF-08/13-010, AF-08/13-011, AF-08/13-012, AF-08/13-019, AF-08/13-027, PF-08/13-05, PF-08/13-12, PF-08/13-23 y OP-08/13-010, a quienes se desempeñaron como Presidente, Síndico, Directora General de Finanzas y Tesorería, Director de Obras Públicas, Director de Desarrollo Económico, Director de Desarrollo Social y Jefe de la Unidad de Licitaciones; así como las derivadas de Solicitud de Aclaración AF-08/13-007, AF-08/13-008, AF-08/13-015, AF-08/13-026, PF-08/13-014, PF-08/13-015, PF-08/13-022 y PF-08/13-024, a quienes se desempeñaron como Presidente, Síndico, Directora General de Finanzas y Tesorería, Director de Desarrollo Económico y Director de Obras Públicas, durante el periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
Haber realizado erogaciones no contenidas en el Presupuesto de Egresos autorizado, correspondiente a la cuenta 1508 Bono Especial, otorgado a veinte regidores y diversos funcionarios de primer nivel, cuyo monto ya fue considerado en acción diferente de Pliego de Observaciones.
Descuido en el manejo de los recursos públicos municipales, específicamente por pago de multa al Instituto Mexicano del Seguro Social por omitir dictamen, lo que se cita por la cantidad de $16,270.82 (DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS 82/100 M.N.).
No realizar acciones tendientes a la recuperación de créditos otorgados y por continuar realizando préstamos con recursos públicos, así como por expedir pagarés o documentos mercantiles que carecen de fechas de vencimiento, aval y dirección, aspectos importantes que dificultarían hacer efectiva su exigibilidad legal.
No realizar el análisis de la situación que guardan los anticipos a proveedores observados a fin de depurarlos para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real, cancelando aquellos que no sean procedentes, previa autorización del H. Ayuntamiento.
No someter a la autorización del H. Ayuntamiento, la celebración del Convenio con el Comité Organizador Feria de la Plata, A.C., ya que el mismo sólo cuenta con las firmas de funcionarios y dada la magnitud de los recursos involucrados debería haberse atendido a la disposición contenida en el artículo 74 fracción IX de la Ley Orgánica del Municipio.
Haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas. Lo anterior en virtud de que el Municipio realizó erogaciones para dos obras y una acción que se consideran improcedentes por tratarse de obras y acciones no autorizadas conforme a lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Haber ejecutado obra pública por contrato, adjudicada mediante Asignación Directa al contratista Arq. Gregorio Gerardo de la Rosa Falcón, misma que por su monto debió adjudicarse mediante Licitación Pública, relativa a la “Recuperación Integral del Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Cultural de Fresnillo: Centro Histórico e Infraestructura Turística y Cultural. Restauración Integral del Agora, Primera Etapa”.
Haber ejecutado obra pública por contrato, adjudicada mediante Asignación Directa al contratista Manuel Garza Verástegui, misma que por su monto debió adjudicarse mediante Licitación Pública, correspondiente a la obra “Suministro y colocación de material para electrificación subterránea en Instalaciones de la Feria”.
Haber adjudicado directamente la obra denominada "Construcción de Domo en las Instalaciones de la Feria”, siendo que por el monto debió haberse adjudicado por Licitación Pública, al no existir justificación del incumplimiento de la Ley de Obras y Servicios Públicos Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, proceso que fue omitido por el personal que integra el Comité Organizador de la Feria de la Plata y los servidores públicos del Municipio de Fresnillo.
No exhibir documentación que justifique el apoyo otorgado ni recepción de obsequios otorgados por un importe de $215,575.00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.).
No presentar solicitudes de apoyo que amparan la cantidad de $34,960.00 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N.).
No presentar copia fotostática de pagarés que garanticen la recuperación de los préstamos realizados por la cantidad de $3’339,394.65 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 65/100 M.N.).
No aclarar la diferencia existente entre los recursos realmente aportados y el monto total comprometido según cláusula del convenio de Aportación de Recursos Financieros celebrado entre el Municipio y el Comité Organizador Feria de la Plata, A.C.
No remitir actas de entrega recepción que evidencien la conclusión de varias obras, derivadas de aportaciones del Fondo IV para el Programa 3x1 para Migrantes.
Haber asignado de manera directa la obra “Modernización del Centro de Convenciones”, toda vez que debió realizarse mediante Licitación Pública, además de que el contrato de obra no está rubricado por ninguno de los participantes, de igual forma por no presentar números generadores ni acta de entrega recepción que demuestre documentalmente la ejecución y término de la misma.
No presentar actas de entrega recepción, fianzas de vicios ocultos y memorias fotográficas de 27 obras, correspondientes al Programa Fonregión (Ramo 23).
No haber presentado elementos probatorios del término y conclusión de 35 obras, correspondiente a recursos del Programa Fonregión (Ramo 23).
3. De igual manera, el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria, por la cantidad de $10,731,516.02 (DIEZ MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS DIECISÉIS PESOS 02/100 M.N.), a quienes se desempeñaron como Presidente, Síndico, Directora General de Finanzas y Tesorería, Secretario de Gobierno Municipal, Regidores(as), Director de Desarrollo Social, Director de Desarrollo Económico y Director de Obras Públicas, durante el periodo del 1º de enero al 31 de diciembre de 2008, por los siguientes conceptos:
$82,403.54 (OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS 54/100 M.N.); por realizar condonaciones al Impuesto Sobre Adquisiciones de Inmuebles por $66,617.83 (SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIECISIETE PESOS 83/100 M.N.) sobre el entero de dicho impuesto, y $15,785.71 (QUINCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 71/100 M.N.) condonados sobre el pago de Derechos Sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, ya que no se encuentran establecidas en ningún ordenamiento legal.
$2’474,326.10 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS PESOS 10/100 M.N.), referente a gastos que el Municipio realizó con base en convenio suscrito con el Comité Organizador Feria de la Plata, A.C. (subsidios y transferencias), que no presentan un documento fiscal que garantice las operaciones mercantiles efectuadas, aunado a lo anterior de varios de los contratos exhibidos como soporte, no fueron presentadas las identificaciones de quienes los suscriben.
$1’268,000.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), correspondiente a egresos no presupuestados y la autorización de recursos se da con posterioridad al gasto observado, relativo a pago de bono especial a Regidores y funcionarios de primer nivel.
$142,698.44 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 44/100 M.N.), correspondiente a los cheques 0118, 0552 y 0450 de la cuenta bancaria número 055336925-2 BANORTE, relativa a Fondo III, en virtud de que no presenta comprobación que aclare la observación debido a que:
Para el primero de ellos (0118) manifiesta cancelación que se comprobó no realizaron, aunado a lo anterior se verificó que éste fue cobrado según estado de cuenta bancario; con relación al segundo cheque (0552) se comprobó la erogación, no así la realización ni conclusión de los trabajos a que fue destinado, ya que no presenta acta de entrega recepción debidamente suscrita por la Contraloría y representantes de los beneficiarios de la obra; respecto del cheque 0450 no se comprobó que los recursos por concepto de devolución de aportación de beneficiarios hayan sido recibidos por ellos. Con base en lo ya expuesto no solventó erogaciones por las cantidades de $1,490.00 (UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M.N.), $100,888.44 (CIEN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 44/100 M.N.), y $40,320.00 (CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.).
$2’667,555.54 (DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 54/100 M.N.), correspondientes a recursos del Fondo IV de las cuentas bancarias números 55204513-9 de Banorte y 043354555-9 de HSBC, los cuales se clasifican de la siguiente manera:
a)Faltante de documentación que justifique la entrega y recepción de becas en diferentes escuelas;
b) Erogaciones que carecen de elementos que comprueben la aplicación de los recursos;
c)Erogaciones sin evidencia de ingreso a otras cuentas bancarias;
d) Erogaciones sin soporte documental;
e)Adquisiciones realizadas de las cuales no se presenta evidencia de su existencia;
f)Incongruencia en documentación comprobatoria;
g)Préstamos sin evidencia de registro contable en Deudores Diversos que permita determinar el destino de los recursos erogados y así garantizar el reintegro de los mismos, y
h) Soporte documental en copia fotostática y que no presenta elementos que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados.
$1’946,362.16 (UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 16/100 M.N.), correspondientes a la no presentación de documentación técnica y social que compruebe la ejecución y término de las obras y/o acciones realizadas, con recursos del Programa Fonregión, Ramo 23.
$1’239,467.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), por falta de elementos que evidencien el término de la obra “Electrificación de la línea de distribución, Vasco Quiroga”.
$824,316.85 (OCHOCIENTOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 85/100 M.N.), por conceptos de obra pagados y no ejecutados en la obra "Construcción de terracerías, obras de drenaje, pavimento y señalamiento del KM 0+000 al Km 2+000 con entronque en cabecera municipal; Santa Rosa”.
$86,386.39 (OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 39/100 M.N.), por falta de elementos probatorios de la ejecución de conceptos y acta de entrega-recepción exhibida en donde no se identifica quién firma por parte de los beneficiarios, en la obra "Plaza Emiliano Zapata (segunda etapa) Colonia Emiliano Zapata Avenida Plateros entre República de Vietnam y calle 19 de Junio (equipamiento y mobiliario urbano)", Cabecera Municipal.
RESULTANDO QUINTO.- En fecha 30 de octubre de 2010, dentro de la fase de -Discusión en lo Particular- del dictamen, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y 122 fracción VI del Reglamento General, la Diputada Georgina Ramírez Rivera, en su carácter de Presidenta de la Comisión de Vigilancia, reservó el contenido del SEGUNDO PUNTO RESOLUTIVO, a efecto de que se señale los nombres y apellidos de los funcionarios públicos en contra de quienes se iniciarán las promociones para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, y en su caso, Resarcitorias. Sometida que fue la Reserva a la consideración del Pleno, se aprobó por mayoría, en los términos presentados.
CONSIDERANDO ÚNICO.-Las observaciones de la Auditoría Superior, fueron evaluadas por el Pleno de esta Soberanía Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2008 del Municipio de Fresnillo, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Fresnillo, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2008.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Instrumento Legislativo, continúe el trámite de forma inmediata de:
1.- PROMOCIONES PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS resultado de las Acciones a Promover AF-08/13-010, AF-08/13-012, AF-08/13-019, AF-08/13-027, PF-08/13-05, PF-08/13-12, PF-08/13-23 y OP-08/13-010 a Lic. David Monreal Ávila, Lic. Héctor Carlos Piña Jaime, C.P. Patricia Salinas Alatorre, Ing. Humberto Chavarría Echartea, Lic. Robert Jason Barker Mestas, Ing. José Arturo Quintero Ron y José Jiménez Cháirez, quienes se desempeñaron como Presidente, Síndico, Directora General de Finanzas y Tesorería, Director de Obras Públicas, Director de Desarrollo Económico, Director de Desarrollo Social y Jefe de la Unidad de Licitaciones, así como las derivadas de Solicitud de Aclaración AF-08/13-026, PF-08/13-014, PF-08/13-015, PF-08/13-022 y PF-08/13-024, a Lic. David Monreal Ávila, C.P. Patricia Salinas Alatorre, Lic. Robert Jason Barker Mestas, Ing. Humberto Chavarría Echartea y José Jiménez Cháirez, quienes se desempeñaron como Presidente, Directora General de Finanzas y Tesorería, Director de Desarrollo Económico, Director de Obras Públicas y Jefe de la Unidad de Licitaciones, durante el periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
a)Haber realizado erogaciones no contenidas en el presupuesto de egresos autorizado, correspondiente a la cuenta 1508 Bono Especial, otorgado a veinte Regidores y diversos funcionarios de primer nivel, cuyo monto ya fue considerado en acción diferente de Pliego de Observaciones.
b)No realizar acciones tendientes a la recuperación de créditos otorgados y por continuar realizando préstamos con recursos públicos, así como por expedir pagarés o documentos mercantiles que carecen de fechas de vencimiento, aval y dirección, aspectos importantes que dificultarían hacer efectiva su exigibilidad legal.
c)No realizar el análisis de la situación que guardan los anticipos a proveedores observados a fin de depurarlos para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real, cancelando aquellos que no sean procedentes, previa autorización del H. Ayuntamiento.
d)No someter a la autorización del H. Ayuntamiento la celebración del Convenio con el Comité Organizador Feria de la Plata, A.C., ya que el mismo sólo cuenta con las firmas de funcionarios y dada la magnitud de los recursos involucrados debería haberse atendido a la disposición contenida en el artículo 74 fracción IX de la Ley Orgánica del Municipio.
e)Haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas. Lo anterior en virtud de que el Municipio realizó erogaciones para dos obras y una acción que se consideran improcedentes por tratarse de obras y acciones no autorizadas conforme a lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.
f)Haber ejecutado obra pública por contrato, adjudicada mediante Asignación Directa al contratista Arq. Gregorio Gerardo de la Rosa Falcón, misma que por su monto debió adjudicarse mediante Licitación Pública, relativa a la “Recuperación Integral del Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Cultural de Fresnillo: Centro Histórico e Infraestructura Turística y Cultural. Restauración Integral del Agora, Primera Etapa”.
g)Haber ejecutado obra pública por contrato, adjudicada mediante Asignación Directa al contratista Manuel Garza Verástegui, misma que por su monto debió adjudicarse mediante Licitación Pública, correspondiente a la obra “Suministro y colocación de material para electrificación subterránea en Instalaciones de la Feria”.
h)Haber adjudicado directamente la obra denominada "Construcción de Domo en las Instalaciones de la Feria”, siendo que por el monto debió haberse adjudicado por Licitación Pública, al no existir justificación del incumplimiento de la Ley de Obras y Servicios Públicos Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, proceso que fue omitido por el personal que integra el Comité Organizador de la Feria de la Plata y los servidores públicos del Municipio de Fresnillo.
i)No aclarar la diferencia existente entre los recursos realmente aportados y el monto total comprometido según cláusula del convenio de Aportación de Recursos Financieros celebrado entre el Municipio y el Comité Organizador Feria de la Plata, A.C.
j)No remitir actas de entrega recepción que evidencien la conclusión de varias obras, derivadas de aportaciones del Fondo IV para el Programa 3x1 para Migrantes.
k)Haber asignado de manera directa la obra “Modernización del Centro de Convenciones”, toda vez que debió realizarse mediante Licitación Pública, además de que el contrato de obra no está rubricado por ninguno de los participantes, de igual forma por no presentar números generadores ni acta de entrega recepción que demuestre documentalmente la ejecución y término de la misma.
l)No presentar actas de entrega recepción, fianzas de vicios ocultos y memorias fotográficas de 27 obras, correspondientes al Programa Fonregión (Ramo 23).
m)No haber presentado elementos probatorios del término y conclusión de 35 obras, correspondiente a recursos del Programa Fonregión (Ramo 23).
2. PROMOCIONES PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CON CARÁCTER RESARCITORIO, resultado de las Acción a Promover AF-08/13-011 a la C.P. Patricia Salinas Alatorre, quien se desempeñó como Directora General de Finanzas y Tesorería, así como las derivadas de Solicitud de Aclaración AF-08/13-007, PF-08/13-008 y AF-08/13-015, a Lic. David Monreal Ávila y C.P. Patricia Salinas Alatorre, quienes se desempeñaron como Presidente y Directora General de Finanzas y Tesorería, durante el periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
a)Descuido en el manejo de los recursos públicos municipales, específicamente por pago de multa al Instituto Mexicano del Seguro Social por omitir dictamen, lo que se cita por la cantidad de $16,270.82.
b)No exhibir documentación que justifique el apoyo otorgado ni recepción de obsequios por un importe de $215,575.00.
c)No presentar solicitudes de apoyo que amparan la cantidad de $34,960.00.
d)No presentar copia fotostática de pagarés que garanticen la recuperación de los préstamos realizados por la cantidad de $3,339,394.65.
3. PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA por la cantidad de $10’731,516.02 (DIEZ MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS DIECISEIS PESOS 02/100 M.N.) a Lic. David Monreal Ávila; Lic. Héctor Carlos Piña Jaime; C.P. Patricia Salinas Alatorre; C. Juan Cristobal Félix Pichardo; CC. Armando Rodarte Martínez, Elisa Carrillo González, Gustavo Sánchez Bonilla, Cynthia Domínguez Díaz, Ma. Luisa Vicuña Llamas, Hermelio Camarillo Conde, Susana Jiménez Rodríguez, Guillermo Galaviz Mejía, Gabriel Rivas Padilla, Ma. de la Luz Rayas Murillo, Gustavo Muñoz Mena, Salvador Aviña Ramos, Eusebio Ramírez De León, Juan Nava Esparza, Ma. del Refugio Galván Cervantes, José Antonio Horowich Gutiérrez, María Cardona Picaso, Gustavo Torres Herrera, Jaqueline Villanueva Mijares, J. Jesús Ortega Rodríguez; Ing. José Arturo Quintero Ron; Lic. Robert Jason Barker Mestas e Ing. Humberto Chavarría Echartea, quienes se desempeñaron como Presidente, Síndico, Directora General de Finanzas y Tesorería, Secretario de Gobierno Municipal, Regidores(as), Director de Desarrollo Social, Director de Desarrollo Económico y Director de Obras Públicas, durante el periodo del 1º de enero al 31 de diciembre de 2008, por los siguientes conceptos:
$82,403.54,por realizar condonacionesal Impuesto Sobre Adquisiciones de Inmuebles por $66,617.83 sobre el entero de dicho impuesto y $15,785.71 condonados sobre el pago de Derechos Sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, ya que no se encuentran establecidas en ningún ordenamiento legal.
$2’474,326.10, referente a gastos que el Municipio realizó con base en convenio suscrito con el Comité Organizador Feria de la Plata, A.C. (subsidios y transferencias), que no presentan un documento fiscal que garantice las operaciones mercantiles efectuadas, aunado a lo anterior de varios de los contratos exhibidos como soporte, no fueron presentadas las identificaciones de quienes los suscriben.
$1’268,000.00, correspondiente a egresos no presupuestados y la autorización de recursos se da con posterioridad al gasto observado, relativo a pago de bono especial a Regidores y funcionarios de primer nivel.
$142,698.44 correspondiente a los cheques 0118, 0552 y 0450 de la cuenta bancaria número 055336925-2 BANORTE, relativa a Fondo III, en virtud de que no presenta comprobación que aclare la observación debido a que:
Para el primero de ellos (0118) manifiesta cancelación que se comprobó no realizaron, aunado a lo anterior se verificó que este fue cobrado según estado de cuenta bancario; con relación al segundo cheque (0552) se comprobó la erogación no así la realización ni conclusión de los trabajos a que fue destinado, ya que no presenta acta de entrega recepción debidamente suscrita por la Contraloría y representantes de los beneficiarios de la obra; respecto del cheque 0450 no se comprobó que los recursos por concepto de devolución de aportación de beneficiarios hayan sido recibidos por ellos. Con base en lo ya expuesto no solventó erogaciones por las cantidades de $1,490.00, $100,888.44 y $40,320.00.
$2’667,555.54, correspondientes a recursos del Fondo IV de las cuentas bancarias números 55204513-9 de Banorte y 043354555-9 HSBC, los cuales se clasifican de la siguiente manera:
a)Faltante de documentación que justifique la entrega y recepción de becas en diferentes escuelas.
b) Erogaciones que carecen de elementos que comprueben la aplicación de los recursos.
c)Erogaciones sin evidencia de ingreso a otras cuentas bancarias.
d) Erogaciones sin soporte documental.
e)Adquisiciones realizadas de las cuales no se presenta evidencia de su existencia.
f)Incongruencia en documentación comprobatoria.
g)Préstamos sin evidencia de registro contable en Deudores Diversos que permita determinar el destino de los recursos erogados y así garantizar el reintegro de los mismos.
h) Soporte documental en copia fotostática y que no presenta elementos que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados.
$1’946,362.16, correspondientes a la no presentación de documentación técnica y social que compruebe la ejecución y término de las obras y/o acciones realizadas, con recursos del Programa Fonregión, Ramo 23.
$1’239,467.00, por falta de elementos que evidencien el término de la obra “Electrificación de la línea de distribución, Vasco Quiroga”.
$824,316.85, por conceptos de obra pagados y no ejecutados en la obra "Construcción de terracerías, obras de drenaje, pavimento y señalamiento del KM 0+000 al Km 2+000 con entronque en cabecera municipal; Santa Rosa”.
$86,386.39, por falta de elementos probatorios de la ejecución de conceptos y acta de entrega-recepción exhibida en donde no se identifica quién firma por parte de los beneficiarios, en la obra "Plaza Emiliano Zapata (segunda etapa) Colonia Emiliano Zapata Avenida Plateros entre República de Vietnam y calle 19 de Junio (equipamiento y mobiliario urbano)", cabecera municipal.
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diez.