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DECRETO # 202 LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del Municipio y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. II.- La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes. RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado: I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, del ejercicio 2007; II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen. De su contenido resaltan los siguientes elementos: a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2007 del Municipio de Ojocaliente, Zacatecas, el día 24 de marzo de 2008, que fue presentada extemporáneamente. b).- Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 19 de diciembre de 2008, en oficio PL-02-01/2763/2008. INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $95’457,370.89 (NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS 89/100 M.N.), que se integran por 58.96% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, además de 33.12% de Aportaciones Federales del Ramo 33, 7.92% de Otros Programas; con un alcance de revisión de 89.09%. EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $94’150,933.53 (NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 53/100 M.N.), de los que el 59.41% se destinó a Gasto Corriente y Deuda Pública, 4.35% a Obra Pública, 24.85% a Aportaciones Federales Ramo 33 y 11.39% para Otros Programas; con un alcance de revisión de 55.37%. RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio de Ojocaliente, Zacatecas, registró como resultado del ejercicio 2007, un Superávit, por el orden de $1’306,437.36 (UN MILLÓN TRESCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 36/100 M.N.), en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos. CUENTAS DE BALANCE. BANCOS.- El Municipio presentó un saldo en bancos de $2’615,870.41 (DOS MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS 41/100 M.N.), integrado en 19 cuentas bancarias a nombre del Municipio. DOCUMENTOS POR COBRAR.- El saldo de Documentos por Cobrar al 31 de diciembre de 2007, según su Estado de Posición Financiera era de $7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), este importe proviene de ejercicios anteriores y no ha presentado amortización alguna. DEUDORES DIVERSOS.- El Municipio presentó un saldo en la cuenta de Deudores Diversos al final del ejercicio por $19’803,093.02 (DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL NOVENTA Y TRES PESOS 02/100 M.N.), mismo que representa un incremento del 33.09% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. ANTICIPOS A PROVEEDORES.- El Municipio presentó un saldo en la cuenta de Anticipos a Proveedores al 31 de diciembre de 2007, según su Estado de Posición Financiera de $108,505.17 (CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS CINCO PESOS 17/100 M.N.). ALMACÉN DE MATERIALES.- El Municipio presentó un saldo al 31 de diciembre de 2007 según su Estado de Posición Financiera de $195,500.00 (CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), el cual no presentó amortizaciones durante el ejercicio sujeto a revisión. ACTIVO FIJO.- El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al final del ejercicio fue por $12’888,366.06 (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 06/100 M.N.), las adquisiciones de Bienes Muebles e Inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $2,907,324.65. DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS).- El saldo al 31 de diciembre de 2007 en el rubro de Pasivos ascendió a la cantidad de $38’484,316.26 (TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS PESOS 26/100 M.N.), debido principalmente a que en el año se registró contratación de préstamos con la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, además de los aumentos de obligaciones en los rubros de Proveedores y Acreedores. PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $4’009,199.50, (CUATRO MILLONES NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE PESOS 50/100 M.N.), habiéndose ejercido el 100.00% del importe presupuestado. Se programaron 21 obras las que fueron terminadas, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución. PROGRAMAS FEDERALES RAMO GENERAL 33. El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III- ascendió a $14’035,213.00 (CATORCE MILLONES TREINTA CINCO MIL DOSCIENTOS TRECE PESOS 00/100 M.N.), la aplicación se llevó a cabo de acuerdo a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y fue distribuido de la siguiente manera: 41.00% para Infraestructura Básica de Obras y 59.00% de presupuesto no programado, al 31 de diciembre de 2007 los recursos fueron aplicados en un 100.00%. En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -FONDO IV- por $11,864,519.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE PESOS 00/100 M.N.) y se destinaron conforme a lo siguiente: 100.00% a Obligaciones Financieras, al 31 de diciembre de 2007 los recursos fueron aplicados en un 100.00%. OTROS PROGRAMAS: Programa 3X1 Para Migrantes.- Se revisaron recursos del Programa 3X1 Para Migrantes, que corresponden a la muestra de 1 obra y 1 acción de la vertiente de urbanización y adquisiciones, con un monto de $865,204.00 (OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO mil DOScientos CUATRO pesos 00/100 m.n.). RAMO 20, Programa HABITAT.- Se revisaron recursos del Programa Hábitat, que corresponden a la muestra seleccionada de 3 obras correspondiente a la vertiente de Urbanización, con un monto de $2’784,399.00 (DOS millOnes SETECIENTOS OCHENTA CUATRO mil TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE pesos 00/100 m.n.). Programa FAFEF.- Se revisaron recursos del Programa Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de Entidades Federativas, que corresponden a la muestra seleccionada de 30 obras de la vertiente de Urbanización, con un monto de $1’577,117.50 (UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y SIETE mil CIENTO DIECISIETE pesos 50/100 m.n.). EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño Gubernamental a fin de conocer el cumplimiento de metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos financieros y materiales, tuvo los siguientes resultados. I) INDICADORES FINANCIEROS
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
c) Programa Municipal de Obras.
d) Programa Hábitat
e) Programa 3X1 Para Migrantes
f) Convenio FAFEF
g) Servicios Públicos
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO El Municipio de Ojocaliente, Zacatecas, cumplió en 84.10% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio. RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/1245/2010 de fecha 11 de junio de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables. RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan: 1. La Auditoría Superior del Estado con relación a las RECOMENDACIONES Y SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, solicitó la atención de las autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados. 2. PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las Acciones a Promover números PF-07/36-005, PF-07/36-009 y OP-07/36-023, así como las derivadas de las Solicitudes de Aclaración números AF-07/36-013, OP-07/36-007, OP-07/36-014 y OP-07/36-015, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007 como Presidente Municipal, Síndico Municipal, Tesorero Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos, funcionarios de la Administración Municipal 2004-2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos: · Derivada de la Acción número PF-07/36-005, a los C.C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, C. Sotero Román Román y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, como Presidente, Síndico y Tesorero Municipales, respectivamente, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo III. Las transferencias observadas ascienden a $510,149.58 (QUINIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS 58/100 M. N.). · Derivada de la Acción número PF-07/36-009, a los C.C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, C. Sotero Román Román y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente, Síndico y Tesorero Municipales, respectivamente, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo IV, por la cantidad de $6’407,639.75 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 75/100 M. N.). · Derivada de la Acción número OP-07/36-023, a los C.C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, como Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente, por no presentar acta del Consejo de Desarrollo Municipal mediante la cual se haya aprobado la relación de obras, informes físico-financieros trimestrales, mensuales o cierre de ejercicio de los recursos de los Fondos III y IV, así como por la falta de integración de los expedientes unitarios que contengan por obra: oficios de aprobación, documentación del procesos de adjudicación, presupuesto base, fianzas, estimaciones, bitácora, números generadores, álbum fotográfico, croquis, actas de entrega-recepción, finiquitos, así mismo por deficiente planeación, manejo y aplicación de los recursos y por deficiencias técnicas constructivas que se detectaron en las obras “Construcción de drenaje y agua potable, colonia Las Lomas, Cabecera Municipal” y “Ampliación red eléctrica en Sauceda de los Mulatos” y por no terminar la obra “Remodelación de salón de usos múltiples, en Cabecera Municipal”. De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción número AF-07/36-013, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por la cantidad de $34,962.84 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 84/100 M.N.), por no haber presentado aclaración y justificación de la creación de pasivos y la afectación del gasto correspondiente a las pólizas de Diario 361 y 1410. · Derivada de la Acción número OP-07/36-007, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López, C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no exhibir las pólizas de egresos por $72,794.26 (SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA CUATRO PESOS 26/100 M.N.) que ampara 5 listas de raya de la obra “Rehabilitación de auditorio en la cabecera municipal”, misma que durante la revisión física se encontró terminada, así como el reporte de los trabajos que ejecutó este personal en el cual se separe los conceptos de obra ejecutados por el municipio y los realizados por los destajistas, bitácora, números generadores, croquis real de lo ejecutado y álbum fotográfico; también por no realizar las reparaciones de las deficiencias detectadas tales como filtraciones en los baños de hombres, 12 losetas del panel mal asentadas, fisuras en los muros de la cocina y una puerta caída. · Derivada de la Acción número OP-07/36-014, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no presentar el expediente unitario completo y exhibir presupuesto base, pólizas de cheque, facturas, estimaciones, números generadores, bitácora de obra, croquis de lo realmente ejecutado, álbum fotográfico, finiquito de la obra "Rehabilitación integral calle Independencia, en cabecera municipal”, por lo que se desconoce a cuánto asciende el pago realizado al contratista del total ejercido por $1’113,547.27 (UN MILLÓN CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 27/100 M.N.). Cabe señalar que durante la revisión física realizad el 11 de marzo de 2008 la obra se encontró terminada y en uso. · Derivada de la Acción número OP-07/36-015, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no exhibir pólizas y facturas que amparen un monto de $310,000.00 (TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100 M. N.), por el concepto de depósitos a nombre del C. José A. Zamora Ruelas por perforación de "Pozo de agua potable en Milagros" realizada mediante el Fondo III, misma que durante la revisión física se encontró terminada, así como por no presentar los estudios geohidrológicos, dictamen de factibilidad de la Comisión Nacional del Agua, pruebas de productividad, corte litológico con sus muestras de las formaciones obtenidas durante la perforación, registro eléctrico u de otro tipo, que se hayan realizado, los cuales permitan determinar que la perforación realizada fue negativa; cabe señalar que la perforación se realizó en dos ocasiones en la periferia de la población, pero según lo manifestado durante la revisión física, el aforo obtenido en ambas no fue el suficiente para dotar de agua potable a la población. 3. PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de la Acciones a Promover números AF-07/36-020, PF-07/36-006, PF-07/36-007 y PF-07/36-010, así como las derivadas de las Solicitudes de Aclaración números AF-07/36-009, AF-07/36-017, PF-07/36-012 y OP-07/36-020, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 como Presidente Municipal, Tesorero Municipal Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios de la Administración Municipal 2007-2010 por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos: · Derivada de la Acción número AF-07/36-020, a quien se desempeñó durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 como Tesorero Municipal, C. Maurilio Rosales Ortíz, por efectuar erogaciones no contenidas en el presupuesto de egresos autorizado consistente en pago de bono especial a diversos funcionarios y personal de la Administración Municipal. Cabe señalar que el monto pagado, se observó en el Pliego número AF-07/36-019. · Derivada de la Acción número PF-07/36-006, a los C.C. Profr. José Luis Ortíz Martínez y L.A. Maurilio Rosales Ortíz, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados, dentro del Fondo III, por la cantidad de $482,080.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHENTA PESOS 00/100 M. N.). · Derivada de la Acción número PF-07/36-007, a los C.C. Profr. José Luis Ortíz Martínez y L.A. Maurilio Rosales Ortíz, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 como Presidente y Tesorero Municipales, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo III, por la cantidad de $1´626,775.84 (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 84/100 M. N.). · Derivada de la Acción número PF-07/36-010, a los C.C. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A. Maurilio Rosales Ortiz, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo IV, por la cantidad de $150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.). De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción número AF-07/36-009, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2007-2010, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación de la relación de licencias, los derechos pagados, la base y cálculo del cobro parcial por concepto de renovaciones para el ejercicio 2008 realizado por la empresa Cervezas Modelo en Zacatecas, S.A. de C.V. según recibo de ingresos número 136504. · Derivada de la Acción número AF-07/36-017, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por no haber presupuestado recursos para la apertura de una planta potabilizadora para venta de agua embotellada, ni la autorización del Cabildo correspondiente, es importante señalar que las erogaciones fueron comprobadas y la citada planta está en funcionamiento. · Derivada de la Acción número PF-07/36-012, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por no presentar aclaración y justificación del destino de un camión cisterna tipo bomberos y de un camión escolar con capacidad de 42 pasajeros, por no exhibir documentación financiera por la aplicación de los recursos, por no presentar títulos y/o documento alguno que ampare que dichos camiones son propiedad del municipio, además reporte fotográfico y copia de resguardo con firmas de los responsables de su uso y funcionario que autoriza; cabe señalar que durante la visita de campo se constató la existencia los bienes indicados. · Derivada de la Acción número OP-07/36-020, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Profr. Juan Ramón Becerra García e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por no integrar el expediente unitario completo de la obra "Construcción de la Unidad Básica de Rehabilitación primera etapa, colonia Pámanes en la Cabecera Municipal” con la documentación técnica: reportes de supervisión, bitácora de obra, números generadores, concentrado de lo real ejecutado y comparativa del presupuesto inicial tanto con los precios unitarios como con el volumen de obra, finiquito, así como haber presentado los análisis y solicitudes de incremento de precios unitarios de los conceptos atípicos con sus respectivas matrices, escritos y/o constancias en las cuales se le autoriza al contratista modificaciones e incremento del volumen de obra, asimismo por no presentar las pólizas cheque de las facturas emitidas. 4. PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-09-2007-04/2008 por la cantidad de $234,193.95 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES PESOS 95/100 M. N.) y de las Solicitudes de Aclaración por la cantidad de $2’381,382.64 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 64/100 M.N.), mismas que suman un monto total de $2’615,576.59 (DOS MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 59/100 M.N.), por lo que se relacionan a continuación las observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad liquida a resarcir del periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007: · Derivada de la Acción número AF-07/36-001, por concepto de ingresos no informados ni depositados a las cuentas bancarias del municipio por un monto de $56,992.60 (CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA DOS PESOS 60/100 M. N.), de cuyo monto se verificaron los recibos que respaldan las pólizas de ingresos números 15 y 16, resultando un importe cobrado de $347,791.82, observándose una diferencia informada de menos por el municipio de $56,992.60, de la cual no se detectó su registro contable ni depósito en las cuentas bancarias del municipio, a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-002, por concepto de ingresos no informados ni depositados a las cuentas bancarias del municipio correspondientes al Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles”, por un monto de $63,413.00 (SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TRECE PESOS 00/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-011, correspondiente a erogaciones por concepto de apoyos al Patronato de la Feria que no presentan soporte documental ni justificativo por un monto de $46,500.00 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-025, correspondiente a préstamos efectuados y no recuperados y que además no cuentan con documento mercantil que permita la recuperación legal, en su caso, por un monto de $31,000.00 (TREINTA Y UN MIL PESOS 00/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de Acción número AF-07/36-033, correspondiente a diversas adquisiciones de bienes muebles con recursos propios que no fueron localizadas físicamente por un importe de $36,288.35 (TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 35/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, C. Sotero Román Román y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez Presidente, Síndico y Tesorero Municipales, del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos los dos últimos. De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción número AF-07/36-006, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no presentar aclaración y justificación de la diferencia informada de menos en la Cuenta Pública por $81,185.65 (OCHENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA CINCO PESOS 65/100 M. N.), correspondiente a lo recaudado por concepto de renovaciones de licencias para la venta de bebidas alcohólicas y no presentar la conciliación entre el Departamento de Alcoholes y la Tesorería Municipal. · Derivada de la Acción número AF-07/36-014, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no presentar evidencia de la aplicación y justificación del gasto por un monto de $76,457.50 (SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 50/100 M.N.), relativa a pagos por concepto de publicidad del tercer informe de gobierno de la cual no se presentó el ejemplar y apoyo para proyecto productivo para carnicería, mismo que no se presentó, así como no exhiben el acta de cabildo donde se aprueba este egreso; cabe mencionar que si fue presentada la documentación comprobatoria correspondiente. · Derivada de la Acción número AF-07/36-021, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), correspondientes al pago al acreedor 2103-01-0020 del Programa 3X1, en virtud de que no existe ningún registro inicial del adeudo, presentando la evidencia del ingreso del recurso así como de su aplicación, además de los ajustes contables realizados con el fin de que dicha cuenta refleje su situación real, lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracción I y 191 de la Ley Orgánica del Municipio. · Derivada de la Acción número PF-07/36-001, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no exhibir vales de suministro de 10,318.03 litros de diesel utilizados en la obra “Rehabilitación integral de la calle Independencia”, por un monto de $59,535.00 (CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), comprobado con la factura número 9518 del proveedor Emma Alonso Tiscareño, por lo que se desconocen las características generales de la maquinaria o equipo al que se le suministró el combustible, quién autorizó y responsable de resguardo del bien, tampoco anexan reporte fotográfico y acta de entrega recepción que compruebe documentalmente la ejecución de los trabajos. · Derivada de la Acción número PF-07/36-002, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no exhibir vales de suministro de 4,509.66 litros de gasolina magna por un monto de $31,297.00 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), comprobado mediante la factura número 9800 del proveedor Emma Alonso Tiscareño, por lo que se desconocen las características generales de los vehículos a los que se les suministró el combustible, quién autorizó y responsable de resguardo del bien. · Derivada de la Acción número OP-07/36-008, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por $738,446.99 (SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 99/100 M. N.), correspondiente a 7 (siete) obras de ampliación de drenaje, terminación de electrificación y pavimentación que se relacionan en el cuadro siguiente, mismas que durante la revisión física realizada el 12 de mayo y del 9 al 12 de junio de 2008 no se encontraron en los lugares indicados, así como por no exhibir la documentación comprobatoria , ni presentar desglosado por obra con qué pólizas de cheques se liberó el recurso informado, asimismo por no presentar informes trimestrales y mensuales, los reportes de los trabajos ejecutados con sus soportes técnicos, bitácora de obra, números generadores, croquis de lo realmente ejecutado, álbum fotográfico y acta de sitio por obra:
· Derivada de la Acción número OP-07/36-009, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por un monto de $232,598.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), por no aclarar y presentar justificación de la ejecución de la obra "Remodelación de salón de usos múltiples, en la cabecera municipal", reportada en el Fondo III y comprobada mediante la factura No 77 del prestador de servicios "Arteaga y Estrada", ya que en la revisión física se detectó que la última obra realizada en las instalaciones del DIF municipal, fue construcción de salón al que se le denominó "Casa de Oficios", misma que fue ejecutada con el programa Hábitat del ejercicio fiscal 2005, por lo que se desconoce el lugar donde se ejecutaron los trabajos, así como por no exhibir reporte de los trabajos realizados, bitácora de obra, números generadores, croquis de lo real ejecutado, álbum fotográfico. · Derivada de la Acción número OP-07/36-018, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por $237,500.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), recursos del Programa Hábitat del ejercicio fiscal 2007, los cuales recibió la Administración Municipal, para aplicarse en la obra "Pavimentación calle Leocadio Guerrero colonia Pamanes”, en la cabecera municipal, realizada mediante los Programas Municipal de Obras y FAFEF; sin embargo, no justificó su aplicación en esta obra, recursos comprobados mediante las facturas 084, 086 y 097 del contratista Ing. Enrique Ledesma Bernal. · Derivada de la Acción número OP-07/36-019, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por $470,000.00 (CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M. N.), recursos del Programa Hábitat del ejercicio fiscal 2007, los cuales recibió la Administración Municipal para aplicarse en la obra "Pavimentación en calle Fernando Acosta colonia Pámanes, en la cabecera municipal”, realizada mediante los Programas Municipal de Obras y FAFEF; sin embargo, no justificó su aplicación en esta obra, recursos comprobados mediante las facturas 083, 087 y 093 del contratista Ing. Enrique Ledesma Bernal. · Derivada de la Acción número OP-07/36-021, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no aclarar la variación de 145.35 toneladas de cemento gris en las cantidades informadas como programadas-ejercidas de la aplicación de 1,025 toneladas de cemento, recibidas del convenio CONV-013-07 celebrado por el H. Ayuntamiento con la Secretaría de Obras Públicas (SECOP) del programa FAFEF, en la ejecución de 6 (seis) obras de pavimentación en Cabecera Municipal y Comunidades, mismas que implican un monto de $254,362.50 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 50/100 M. N.), tomando el costo de $1,750.00 por tonelada considerado en dicho convenio, asimismo de las cuales no presentaron el soporte técnico documental: números generadores, bitácora de obra, croquis real de lo ejecutado, álbum fotográfico, acta de entrega-recepción, lo que no permitió realizar comparativos de conceptos programados-ejecutados.
5. PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-09-2007-05/2008, por la cantidad de $96,245.01 (NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 01/100 M.N.), y de las Solicitudes de Aclaración por la cantidad de $1’382,213.16 (UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TRECE PESOS 16/100 M.N.), mismas que suman un monto total de $1’424,458.17 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS 17/100 M.N.), por lo que se relacionan a continuación las observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad liquida a resarcir del periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007: · Derivado de la Acción número AF-07/36-015, por erogaciones con cargo al presupuesto de egresos, referentes a la adquisición de combustible que no presenta la comprobación fiscal correspondiente, no respaldando ni justificando debidamente la erogación realizada mediante el cheque 4183 por un importe de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M. N. ), a los C. C. Profr. José Luis Ortiz Martínez Presidente y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-019, correspondiente a un bono de productividad otorgado a Regidores y Funcionarios de la Administración Municipal 2007-2010, que no fue presupuestado, por un importe de $23,268.56 (VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 56/100 M.N.), a los C.C. Profr. José Luis Ortiz Martínez, Presidente Municipal, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Tesorero Municipal, C. Natzielly Teresita Rodríguez Calzada, C. Francisco Manuel Esparza González, C. Rodolfo Mendoza Ramos, Regidores(as) del H. Ayuntamiento, C. Armando Castañeda de la Cruz, Auxiliar de Tesorería y C. Roxana Maribel Delgado Flores, del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, en la modalidad de Responsables Directos todos los involucrados. · Derivado de la Acción número AF-07/36-034, por concepto de erogaciones correspondientes a adquisiciones de diversos bienes muebles con recursos propios que no fueron localizadas físicamente, no exhibiendo los resguardos ni número de inventario de cada una de las adquisiciones por un importe de $42,976.45 (CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 45/100 M. N.), a los C.C. Profr. José Luis Ortiz Martínez y Dr. José Luis Álvarez López, Presidente y Síndico Municipales del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente.
De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción a número AF-07/36-016, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación del concepto de viáticos, ya que no presentan oficio ni pliego de comisión, así como tampoco señalan el personal comisionado, no exhiben la invitación y programa de la reunión de presidentes municipales en Paraíso Caxcán, y no señalan los beneficios que el municipio obtuvo de la comisión realizada, lo anterior por importe de $10,031.00 (DIEZ MIL TREINTA Y UN PESOS 00/100 M. N.). · Derivada de la Acción número AF-07/36-018, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación de las erogaciones por pago de adeudos del personal sindicalizado y no presentan la póliza contable correspondiente a la amortización a dicho pasivo, así como del adeudo de la cuenta denominada Gasto Corriente con el programa Hábitat, lo anterior por un importe de $380,919.65 (TRESCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE PESOS 65/100 M.N.). · Derivada de la Acción número AF-07/36-035. A los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación de la ubicación de distintos bienes muebles y los resguardos de cada uno de ellos debidamente certificados por el Contralor Municipal, lo anterior por un importe de $140,329.76 (CIENTO CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 76/100 M.N.).
· Derivada de la Acción número OP-07/36-020, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Profr. Juan Ramón Becerra García e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por la cantidad de $34,457.75 (TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 75/100 M. N.), correspondiente a saldo por amortizar del anticipo otorgado en la obra "Construcción de la Unidad Básica de Rehabilitación, 1a etapa, colonia Pamanes en la cabecera municipal”, misma que fue ejecutada por el Ing. Enrique Ledesma Bernal bajo la modalidad de contrato a base de precios unitarios No. OJOC-UBR-06-07-HABITAT, situación detectada en las deducciones que se realizan en las facturas y estimaciones que presentó el contratista. · Derivada de la Acción número OP-07/36-022, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Profr. Juan Ramón Becerra García e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por no aclarar la aplicación de 435.70 toneladas de cemento gris debido a que de las cantidades informadas como programadas-ejercidas, sólo fue posible llevar a cabo la revisión de la aplicación de 825 toneladas de cemento de un total de 1,260.70 toneladas, recibidas del convenio CONV-013-07 celebrado por el H. Ayuntamiento con la Secretaría de Obras Públicas (SECOP) del programa FAFEF, en la ejecución de 15 (quince) obras de pavimentación y construcción de guarniciones en diversas calles en cabecera municipal y comunidades, mismas que implican un monto de $762,475.00 (SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), ya que se informó que todas las obras y acciones estaban ejecutadas al 100%, siendo que en los días en que se llevó a cabo la revisión a la Cuenta Pública y se entrego la información de aplicación del cemento, el 90% de ellas aun no se iniciaban, asimismo de las cuales no presentaron el soporte técnico documental: números generadores, bitácora de obra, croquis real de lo ejecutado, álbum fotográfico, acta de entrega-recepción, lo que no permitió realizar comparativos de conceptos programados-ejecutados. CONSIDERANDO ÚNICO.- Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado fueron evaluadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2007 del Municipio de Ojocaliente, Zacatecas. Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se DECRETA PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros correspondientes a la Cuenta Pública del Municipio de Ojocaliente, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2007. SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto, continúe el trámite de las PROMOCIONES: 1.- PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las Acciones a Promover números PF-07/36-005, PF-07/36-009 y OP-07/36-023, así como las derivadas de las Solicitudes de Aclaración números AF-07/36-013, OP-07/36-007, OP-07/36-014 y OP-07/36-015, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007 como Presidente Municipal, Síndico Municipal, Tesorero Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos, funcionarios de la Administración Municipal 2004-2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos: · Derivada de la Acción número PF-07/36-005, a los C.C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, C. Sotero Román Román y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, como Presidente, Síndico y Tesorero Municipales, respectivamente, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo III. Las transferencias observadas ascienden a $510,149.58 (QUINIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS 58/100 M. N.). · Derivada de la Acción número PF-07/36-009, a los C.C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, C. Sotero Román Román y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente, Síndico y Tesorero Municipales, respectivamente, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo IV, por la cantidad de $6’407,639.75 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 75/100 M. N.). · Derivada de la Acción número OP-07/36-023, a los C.C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, como Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente, por no presentar acta del Consejo de Desarrollo Municipal mediante la cual se haya aprobado la relación de obras, informes físico-financieros trimestrales, mensuales o cierre de ejercicio de los recursos de los Fondos III y IV, así como por la falta de integración de los expedientes unitarios que contengan por obra: oficios de aprobación, documentación del procesos de adjudicación, presupuesto base, fianzas, estimaciones, bitácora, números generadores, álbum fotográfico, croquis, actas de entrega-recepción, finiquitos, así mismo por deficiente planeación, manejo y aplicación de los recursos y por deficiencias técnicas constructivas que se detectaron en las obras “Construcción de drenaje y agua potable, colonia Las Lomas, Cabecera Municipal” y “Ampliación red eléctrica en Sauceda de los Mulatos” y por no terminar la obra “Remodelación de salón de usos múltiples, en Cabecera Municipal”. De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción número AF-07/36-013, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por la cantidad de $34,962.84 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 84/100 M.N.), por no haber presentado aclaración y justificación de la creación de pasivos y la afectación del gasto correspondiente a las pólizas de Diario 361 y 1410. · Derivada de la Acción número OP-07/36-007, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López, C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no exhibir las pólizas de egresos por $72,794.26 (SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 26/100 M. N.), que ampara 5 listas de raya de la obra “Rehabilitación de auditorio en la cabecera municipal”, misma que durante la revisión física se encontró terminada, así como el reporte de los trabajos que ejecutó este personal en el cual se separe los conceptos de obra ejecutados por el municipio y los realizados por los destajistas, bitácora, números generadores, croquis real de lo ejecutado y álbum fotográfico; también por no realizar las reparaciones de las deficiencias detectadas tales como filtraciones en los baños de hombres, 12 losetas del panel mal asentadas, fisuras en los muros de la cocina y una puerta caída. · Derivada de la Acción número OP-07/36-014, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no presentar el expediente unitario completo y exhibir presupuesto base, pólizas de cheque, facturas, estimaciones, números generadores, bitácora de obra, croquis de lo realmente ejecutado, álbum fotográfico, finiquito de la obra "Rehabilitación integral calle Independencia, en cabecera municipal”, por lo que se desconoce a cuánto asciende el pago realizado al contratista del total ejercido por $1’113,547.27 (UN MILLÓN CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 27/100 M.N.). Cabe señalar que durante la revisión física realizad el 11 de marzo de 2008 la obra se encontró terminada y en uso. · Derivada de la Acción número OP-07/36-015, a los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007, por no exhibir pólizas y facturas que amparen un monto de $310,000.00 (TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100 M. N.), por el concepto de depósitos a nombre del C. José A. Zamora Ruelas por perforación de "Pozo de agua potable en Milagros" realizada mediante el Fondo III, misma que durante la revisión física se encontró terminada, así como por no presentar los estudios geohidrológicos, dictamen de factibilidad de la Comisión Nacional del Agua, pruebas de productividad, corte litológico con sus muestras de las formaciones obtenidas durante la perforación, registro eléctrico u de otro tipo, que se hayan realizado, los cuales permitan determinar que la perforación realizada fue negativa; cabe señalar que la perforación se realizó en dos ocasiones en la periferia de la población, pero según lo manifestado durante la revisión física, el aforo obtenido en ambas no fue el suficiente para dotar de agua potable a la población. 2.- PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de la Acciones a Promover números AF-07/36-020, PF-07/36-006, PF-07/36-007 y PF-07/36-010, así como las derivadas de las Solicitudes de Aclaración números AF-07/36-009, AF-07/36-017, PF-07/36-012 y OP-07/36-020, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 como Presidente Municipal, Tesorero Municipal Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios de la Administración Municipal 2007-2010 por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos: · Derivada de la Acción número AF-07/36-020, a quien se desempeñó durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 como Tesorero Municipal, C. Maurilio Rosales Ortíz, por efectuar erogaciones no contenidas en el presupuesto de egresos autorizado consistente en pago de bono especial a diversos funcionarios y personal de la Administración Municipal. Cabe señalar que el monto pagado, se observó en el Pliego número AF-07/36-019. · Derivada de la Acción número PF-07/36-006, a los C.C. Profr. José Luis Ortíz Martínez y L.A. Maurilio Rosales Ortíz, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados, dentro del Fondo III, por la cantidad de $482,080.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHENTA PESOS 00/100 M. N.). · Derivada de la Acción número PF-07/36-007, a los C.C. Profr. José Luis Ortíz Martínez y L.A. Maurilio Rosales Ortíz, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 como Presidente y Tesorero Municipales, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo III, por la cantidad de $1´626,775.84 (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 84/100 M. N.). · Derivada de la Acción número PF-07/36-010, a los C.C. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A. Maurilio Rosales Ortiz, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por realizar transferencias de Recursos Federales a otras cuentas bancarias del municipio y cuyos recursos fueron aplicados a conceptos diferentes a los autorizados dentro del Fondo IV, por la cantidad de $150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.). De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción número AF-07/36-009, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2007-2010, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación de la relación de licencias, los derechos pagados, la base y cálculo del cobro parcial por concepto de renovaciones para el ejercicio 2008 realizado por la empresa Cervezas Modelo en Zacatecas, S.A. de C.V. según recibo de ingresos número 136504. · Derivada de la Acción número AF-07/36-017, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por no haber presupuestado recursos para la apertura de una planta potabilizadora para venta de agua embotellada, ni la autorización del Cabildo correspondiente, es importante señalar que las erogaciones fueron comprobadas y la citada planta está en funcionamiento. · Derivada de la Acción número PF-07/36-012, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por no presentar aclaración y justificación del destino de un camión cisterna tipo bomberos y de un camión escolar con capacidad de 42 pasajeros, por no exhibir documentación financiera por la aplicación de los recursos, por no presentar títulos y/o documento alguno que ampare que dichos camiones son propiedad del municipio, además reporte fotográfico y copia de resguardo con firmas de los responsables de su uso y funcionario que autoriza; cabe señalar que durante la visita de campo se constató la existencia los bienes indicados. · Derivada de la Acción número OP-07/36-020, a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Profr. Juan Ramón Becerra García e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por no integrar el expediente unitario completo de la obra "Construcción de la Unidad Básica de Rehabilitación primera etapa, colonia Pámanes en la Cabecera Municipal” con la documentación técnica: reportes de supervisión, bitácora de obra, números generadores, concentrado de lo real ejecutado y comparativa del presupuesto inicial tanto con los precios unitarios como con el volumen de obra, finiquito, así como haber presentado los análisis y solicitudes de incremento de precios unitarios de los conceptos atípicos con sus respectivas matrices, escritos y/o constancias en las cuales se le autoriza al contratista modificaciones e incremento del volumen de obra, asimismo por no presentar las pólizas cheque de las facturas emitidas. 3.- PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-09-2007-04/2008 por la cantidad de $234,193.95 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES PESOS 95/100 M. N.), y de las Solicitudes de Aclaración por la cantidad de $2’381,382.64 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 64/100 M.N.), mismas que suman un monto total de $2’615,576.59 (DOS MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 59/100 M.N.), por lo que se relacionan a continuación las observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad liquida a resarcir del periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007: · Derivada de la Acción número AF-07/36-001, por concepto de ingresos no informados ni depositados a las cuentas bancarias del municipio por un monto de $56,992.60 (CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 60/100 M. N.), de cuyo monto se verificaron los recibos que respaldan las pólizas de ingresos números 15 y 16, resultando un importe cobrado de $347,791.82, observándose una diferencia informada de menos por el municipio de $56,992.60, de la cual no se detectó su registro contable ni depósito en las cuentas bancarias del municipio, a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-002, por concepto de ingresos no informados ni depositados a las cuentas bancarias del municipio correspondientes al Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles”, por un monto de $63,413.00 (SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TRECE PESOS 00/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-011, correspondiente a erogaciones por concepto de apoyos al Patronato de la Feria que no presentan soporte documental ni justificativo por un monto de $46,500.00 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-025, correspondiente a préstamos efectuados y no recuperados y que además no cuentan con documento mercantil que permita la recuperación legal, en su caso, por un monto de $31,000.00 (TREINTA Y UN MIL PESOS 00/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero Municipales del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de Acción número AF-07/36-033, correspondiente a diversas adquisiciones de bienes muebles con recursos propios que no fueron localizadas físicamente por un importe de $36,288.35 (TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 35/100 M. N.), a los C. C. Lic. Rafael Calzada Vázquez, C. Sotero Román Román y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez Presidente, Síndico y Tesorero Municipales, del 1º de enero al 15 de septiembre de 2007, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos los dos últimos. De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción número AF-07/36-006, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en virtud de que no se presentó aclaración y justificación de la diferencia informada de menos en la Cuenta Pública por $81,185.65 (OCHENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS 65/100 M. N.), correspondiente a lo recaudado por concepto de renovaciones de licencias para la venta de bebidas alcohólicas y no presentar la conciliación entre el Departamento de Alcoholes y la Tesorería Municipal. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número AF-07/36-014, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en atención a que no se presentó evidencia de la aplicación y justificación del gasto por un monto de $76,457.50 (SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 50/100 M.N.), relativa a pagos por concepto de publicidad del tercer informe de gobierno de la cual no se presentó el ejemplar y apoyo para proyecto productivo para carnicería, mismo que no se presentó, así como no exhiben el acta de cabildo donde se aprueba este egreso; cabe mencionar que si fue presentada la documentación comprobatoria correspondiente. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez y L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número AF-07/36-021, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), correspondientes al pago al acreedor 2103-01-0020 del Programa 3X1, en virtud de que no existe ningún registro inicial del adeudo, presentando la evidencia del ingreso del recurso así como de su aplicación, además de los ajustes contables realizados con el fin de que dicha cuenta refleje su situación real, lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracción I y 191 de la Ley Orgánica del Municipio. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número PF-07/36-001, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en atención a que no se exhibieron vales de suministro de 10,318.03 litros de diesel utilizados en la obra “Rehabilitación integral de la calle Independencia”, por un monto de $59,535.00 (CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), comprobado con la factura número 9518 del proveedor Emma Alonso Tiscareño, por lo que se desconocen las características generales de la maquinaria o equipo al que se le suministró el combustible, quién autorizó y responsable de resguardo del bien, tampoco anexan reporte fotográfico y acta de entrega recepción que compruebe documentalmente la ejecución de los trabajos. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número PF-07/36-002, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en virtud de que no se exhibieron vales de suministro de 4,509.66 litros de gasolina magna por un monto de $31,297.00 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), comprobado mediante la factura número 9800 del proveedor Emma Alonso Tiscareño, por lo que se desconocen las características generales de los vehículos a los que se les suministró el combustible, quién autorizó y responsable de resguardo del bien. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número OP-07/36-008 con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, por $738,446.99 (SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 99/100 M.N.), correspondiente a 7 (siete) obras de ampliación de drenaje, terminación de electrificación y pavimentación, que se relacionan en el cuadro siguiente, mismas que durante la revisión física realizada el 12 de mayo y del 9 al 12 de junio de 2008 no se encontraron en los lugares indicados, así como por no exhibir la documentación comprobatoria , ni presentar desglosado por obra con qué pólizas de cheques se liberó el recurso informado, asimismo por no presentar informes trimestrales y mensuales, los reportes de los trabajos ejecutados con sus soportes técnicos, bitácora de obra, números generadores, croquis de lo realmente ejecutado, álbum fotográfico y acta de sitio por obra:
En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número OP-07/36-009, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, por un monto de $232,598.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.) por no aclarar y presentar justificación de la ejecución de la obra "Remodelación de salón de usos múltiples, en la cabecera municipal" reportada en el Fondo III y comprobada mediante la factura No 77 del prestador de servicios "Arteaga y Estrada", ya que en la revisión física se detectó que la última obra realizada en las instalaciones del DIF municipal, fue construcción de salón al que se le denominó "Casa de Oficios", misma que fue ejecutada con el programa Hábitat del ejercicio fiscal 2005, por lo que se desconoce el lugar donde se ejecutaron los trabajos, así como por no exhibir reporte de los trabajos realizados, bitácora de obra, números generadores, croquis de lo real ejecutado, álbum fotográfico. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número OP-07/36-018, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, por $237,500.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), recursos del Programa Hábitat del ejercicio fiscal 2007, los cuales recibió la Administración Municipal, para aplicarse en la obra "Pavimentación calle Leocadio Guerrero colonia Pamanes” en la cabecera municipal, realizada mediante los Programas Municipal de Obras y FAFEF, sin embargo no justificó su aplicación en esta obra, recursos comprobados mediante las facturas 084, 086 y 097 del contratista Ing. Enrique Ledesma Bernal. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número OP-07/36-019, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, por $470,000.00 (CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M. N.), recursos del Programa Hábitat del ejercicio fiscal 2007, los cuales recibió la Administración Municipal para aplicarse en la obra "Pavimentación en calle Fernando Acosta colonia Pámanes, en la cabecera municipal”, realizada mediante los Programas Municipal de Obras y FAFEF, sin embargo no justificó su aplicación en esta obra, recursos comprobados mediante las facturas 083, 087 y 093 del contratista Ing. Enrique Ledesma Bernal. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. · Derivada de la Acción número OP-07/36-021, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, por no aclarar la variación de 145.35 toneladas de cemento gris en las cantidades informadas como programadas-ejercidas de la aplicación de 1,025 toneladas de cemento, recibidas del convenio CONV-013-07 celebrado por el H. Ayuntamiento con la Secretaría de Obras Públicas (SECOP) del programa FAFEF, en la ejecución de 6 (seis) obras de pavimentación en Cabecera Municipal y Comunidades, mismas que implican un monto de $254,362.50 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 50/100 M. N.), tomando el costo de $1,750.00 por tonelada considerado en dicho convenio, asimismo de las cuales no presentaron el soporte técnico documental: números generadores, bitácora de obra, croquis real de lo ejecutado, álbum fotográfico, acta de entrega-recepción, lo que no permitió realizar comparativos de conceptos programados-ejecutados.
En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Lic. Rafael Calzada Vázquez, L.C. Rodrigo Saucedo Ramírez, Ing. Israel Montes López y C. José Manuel Batres Tiscareño, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales de la Administración 2004-2007. 4.- PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-09-2007-05/2008 por la cantidad de $96,245.01 (NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 01/100 M.N.), y de las Solicitudes de Aclaración por la cantidad de $1’382,213.16 (UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TRECE PESOS 16/100 M.N.), mismas que suman un monto total de $1’424,458.17 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS 17/100 M.N.), por lo que se relacionan a continuación las observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad liquida a resarcir del periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007: · Derivado de la Acción número AF-07/36-015, por erogaciones con cargo al presupuesto de egresos, referentes a la adquisición de combustible que no presenta la comprobación fiscal correspondiente, no respaldando ni justificando debidamente la erogación realizada mediante el cheque 4183 por un importe de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M. N. ), a los C. C. Profr. José Luis Ortiz Martínez Presidente y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente. · Derivado de la Acción número AF-07/36-019, correspondiente a un bono de productividad otorgado a Regidores y Funcionarios de la Administración Municipal 2007-2010, que no fue presupuestado, por un importe de $23,268.56 (VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 56/100 M. N. ), a los C.C. Profr. José Luis Ortiz Martínez, Presidente Municipal, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Tesorero Municipal, C. Natzielly Teresita Rodríguez Calzada, C. Francisco Manuel Esparza González, C. Rodolfo Mendoza Ramos, Regidores(as) del H. Ayuntamiento, C. Armando Castañeda de la Cruz, Auxiliar de Tesorería y C. Roxana Maribel Delgado Flores, del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, en la modalidad de Responsables Directos todos los involucrados. · Derivado de la Acción número AF-07/36-034, por concepto de erogaciones correspondientes a adquisiciones de diversos bienes muebles con recursos propios que no fueron localizadas físicamente, no exhibiendo los resguardos ni número de inventario de cada una de las adquisiciones por un importe de $42,976.45 (CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 45/100 M. N.), a los C.C. Profr. José Luis Ortiz Martínez y Dr. José Luis Álvarez López, Presidente y Síndico Municipales del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente.
De las derivadas de las Solicitudes de Aclaración: · Derivada de la Acción a número AF-07/36-016, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación del concepto de viáticos, ya que no presentan oficio ni pliego de comisión, así como tampoco señalan el personal comisionado, no exhiben la invitación y programa de la reunión de presidentes municipales en Paraíso Caxcán, y no señalan los beneficios que el municipio obtuvo de la comisión realizada, lo anterior por importe de $10,031.00 (DIEZ MIL TREINTA Y UN PESOS 00/100 M. N.). En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007. · Derivada de la Acción número AF-07/36-018, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación de las erogaciones por pago de adeudos del personal sindicalizado y no presentan la póliza contable correspondiente a la amortización a dicho pasivo, así como del adeudo de la cuenta denominada Gasto Corriente con el programa Hábitat, lo anterior por un importe de $380,919.65 (TRESCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE PESOS 65/100 M.N.). En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007. · Derivada de la Acción número AF-07/36-035, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en virtud de que no fue presentada la aclaración y justificación de la ubicación de distintos bienes muebles y los resguardos de cada uno de ellos debidamente certificados por el Contralor Municipal, lo anterior por un importe de $140,329.76 (CIENTO CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 76/100 M.N.).
En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez y L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007. · Derivada de la Acción número OP-07/36-020, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, por la cantidad de $34,457.75 (TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 75/100 M. N.), correspondiente a saldo por amortizar del anticipo otorgado en la obra "Construcción de la Unidad Básica de Rehabilitación 1a etapa, colonia Pamanes en la cabecera municipal”, misma que fue ejecutada por el Ing. Enrique Ledesma Bernal bajo la modalidad de contrato a base de precios unitarios No. OJOC-UBR-06-07-HABITAT, situación detectada en las deducciones que se realizan en las facturas y estimaciones que presentó el contratista. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Profr. Juan Ramón Becerra García e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007. · Derivada de la Acción número OP-07/36-022, con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, consideramos que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Ojocaliente, Zacatecas, en virtud de que no se aclaró la aplicación de 435.70 toneladas de cemento gris debido a que de las cantidades informadas como programadas-ejercidas, sólo fue posible llevar a cabo la revisión de la aplicación de 825 toneladas de cemento de un total de 1,260.70 toneladas, recibidas del convenio CONV-013-07 celebrado por el H. Ayuntamiento con la Secretaría de Obras Públicas (SECOP) del programa FAFEF, en la ejecución de 15 (quince) obras de pavimentación y construcción de guarniciones en diversas calles en Cabecera Municipal y Comunidades, mismas que implican un monto de $762,475.00 (SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), ya que se informó que todas las obras y acciones estaban ejecutadas al 100%, siendo que en los días en que se llevó a cabo la revisión a la Cuenta Pública y se entrego la información de aplicación del cemento, el 90% de ellas aún no se iniciaban, asimismo de las cuales no presentaron el soporte técnico documental: números generadores, bitácora de obra, croquis real de lo ejecutado, álbum fotográfico, acta de entrega-recepción, lo que no permitió realizar comparativos de conceptos programados-ejecutados. En consecuencia se instruye a la Entidad de Fiscalización para que proceda a Iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria en contra de a los CC. Profr. José Luis Ortiz Martínez, L.A.E. Maurilio Rosales Ortiz, Profr. Juan Ramón Becerra García e Ing. Enrique Hernández Rivera, Presidente, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007. TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los treinta días del mes de junio del año dos mil once. PRESIDENTE DIP. PABLO RODRÍGUEZ RODARTE
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