Se aprueban los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Benito Juárez, Zacatecas, del Ejercicio Fiscal 2008 - LX Legislatura (Sep 2010 - Sep 2013)
DECRETO # 8
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.-La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del municipio, y en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.-La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Benito Juárez, Zacatecas, del ejercicio 2008;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2008 del Municipio de Benito Juárez, Zacatecas, el día 27 de marzo de 2009, que fue presentada en tiempo y forma legales.
b).-Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 27 de julio de 2009, en oficio PL-02-01/1848/2009.
INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $25’447,016.97 (VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DIECISÉIS PESOS 97/100 M.N.), que se integran por el 65.75% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública; 15.17% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 19.08% de Otros Programas y Ramo 20; con un alcance del revisión de 95.80%.
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $27’893,633.94 (VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 94/100 M.N.), de los que se destinaron el 43.40% para el concepto de Gasto Corriente y Deuda Pública. Además de 10.83% para el Programa Municipal de Obra, 13.48% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 32.29% para Otros Programas y Ramo 20; con un alcance de revisión del 50.85%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio 2008, un Déficit, por el orden de $2’446,616.97 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS PESOS 97/100 M.N.), en virtud de que sus egresos fueron mayores a sus ingresos, lo que se explica por la existencia en Caja y Bancos al inicio del ejercicio.
CUENTAS DE BALANCE:
BANCOS.- Se presentó un saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2008, de $99,853.75 (NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS 75/100 M.N.), integrado en 4 cuentas bancarias a nombre del Municipio.
DEUDORES DIVERSOS.- Se presentó saldo en Deudores Diversos al último día del ejercicio por $33,535.99 (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 99/100 M.N.), integrados por 63.79% de “Fondos Federales, Préstamos” y 36.21% de “Obligaciones FIV 2007”, saldos que corresponden a la Administración 2004-2007.
ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008, fue por $5’842,596.44 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 44/100 M.N.).
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $3’000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), habiéndose ejercido el 65.89% del importe presupuestado. Se programaron 12 obras, de las cuales 3 se terminaron, 4 no se ejecutaron y 5 quedaron inconclusas, por lo que se observó incumplimiento en su programación y ejecución.
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.- El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $2’305,350.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), distribuido de acuerdo a la Ley de Coordinación Fiscal de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras, 3.00% para Gastos Indirectos y 2.00% para Desarrollo Institucional. La aplicación de los recursos al último día del ejercicio, se realizó al 100.00%.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $1’463,426.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS PESOS 00/100 M.N.), se destinaron conforme a los siguiente: 43.73% a Obligaciones Financieras, 10.25% para Infraestructura Básica de Acciones y 46.02% para Adquisiciones. La aplicación de los recursos al último día del ejercicio se realizó al 100.00%.
RAMO 20.- Se revisaron recursos del Programa 3X1 para Migrantes, que corresponde a la muestra seleccionada de una obra, aprobada en el rubro de Urbanización Municipal, por un monto de $2’591,172.00.
RAMO 23.- Se revisaron recursos del Programa Fonregión, que corresponde a la muestra seleccionada de dos obras, aprobadas en los rubros de Urbanización Municipal e Infraestructura Básica Educativa, por un monto de $1’423,995.00.
PROGRAMAS CONVENIDOS.- Se revisaron recursos del Programa Peso x Peso, que corresponde a la muestra seleccionada de siete obras, por un monto de $187,250.00.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS:
CLASIFICACIÓN
INDICADOR
RESULTADO
Administración de Efectivo
Liquidez
No cuenta con liquidez ya que el Municipio dispone de $0.06 de activo circulante para pagar cada $1.00 de sus obligaciones a corto plazo.
Administración de Pasivo
Carga de la Deuda
La carga de la deuda fue por $1’842,838.71 que representa el 6.61% del gasto total
Solvencia
Cuenta con un nivel no aceptable de solvencia para cumplir con sus obligaciones a largo plazo, ya que su pasivo total representa el 52.49% del total de sus activos.
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 90.81%.
Administración
Presupuestaria
Realización de Inversiones, Servicios y Beneficio Social
El 62.64% de los Ingresos por Participaciones y Aportaciones Federales fue destinado a obras de Infraestructura, servicios públicos y obras de beneficio social, existiendo por tanto un nivel Aceptable de inversión en los rubros mencionados.
Índice de Tendencias de Nómina
La nómina presentó incremento del 5.94% respecto del ejercicio anterior.
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 71.60% del total del gasto de operación.
Resultado Financiero
Presenta un grado no aceptable de equilibrio financiero en la administración de sus recursos, la existencia, más los ingresos del ejercicio, fueron inferiores en un 0.88% a los egresos realizados en el mismo.
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS:
a)Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto; Porcentaje ejercido del monto asignado
100.0
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS.
Concentración de inversión en pavimentos
15.2
Porcentaje de viviendas que carecen del servicio de agua potable
7.8
Porcentaje de viviendas que no cuentan con drenaje
10.9
Porcentaje de viviendas que no cuentan con energía eléctrica
4.4
Concentración de inversión en la Cabecera Municipal
79.6
Concentración de la población en la Cabecera Municipal
60.7
DIFUSIÓN.-Índice de difusión de obras y acciones a realizar, incluyendo costo, ubicación, metas y beneficiarios.
100.0
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
ORIENTACIÓN DE LOS RECURSOS (a la fecha de revisión)
Gasto en Obligaciones Financieras
43.7
Gasto en Seguridad Pública
0.0
Gasto en Obra Pública
0.0
Gasto en Otros Rubros
56.3
Nivel de Gasto ejercido
100.0
c) Programa Municipal de Obras
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto a la fecha de revisión
65.9
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS
Porcentaje de obras de la muestra que no están terminadas y/o no operan
0.0
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Porcentaje de obras de la muestra de auditoría con acta de entrega recepción
N/A
d) Servicios Públicos
INDICADOR
INTERPRETACIÓN
RELLENO SANITARIO
El Relleno Sanitario cumple en 47.4% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, teniendo un nivel No aceptable en este rubro.
RASTRO MUNICIPAL
El Rastro Municipal presenta un 57.7% de grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de salud e higiene bajo la norma oficial mexicana, observándose que cuenta con un nivel Aceptable en esta materia.
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO:
El Municipio de Benito Juárez, Zacatecas, cumplió en 82.10% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/703/2010 de fecha 25 de marzo de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
TIPO DE ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
Cantidad
Tipo
Acciones Correctivas
Pliego de Observaciones
3
1
2
Fincamiento Responsabilidad Resarcitoria
2
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control
13
13
0
N/A
0
Solicitud de Aclaración
5
2
2
Fincamiento Responsabilidad Administrativa
2
1
Recomendación
1
Subtotal
21
16
5
5
Acciones Preventivas
Recomendación
28
24
4
Recomendación
4
Subtotal
28
24
4
4
TOTAL
49
40
9
9
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
1.-La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las Acciones a Promover AF-08/04-003 y AF-08/04-025, a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Síndico, Tesorero y Regidores del H. Ayuntamiento, así como las derivadas de Solicitudes de Aclaración PF-08/04-005-01 y OP-08/04-013-01, a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorero y Director de Desarrollo Económico, lo anterior durante el periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
·No realizar el cobro del incremento del 10% adicional del derecho causado sobre el entero a los establecimientos o locales en los que se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos con fundamento en el artículo 47 último párrafo de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas vigente, así como en los artículos 93 fracción lV y 96 fracciones l y lll de la Ley Orgánica del Municipio, no acatando la recomendación número AF-07/04-001, infringiendo además lo establecido en el artículo 5° fracciones I y XXVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas;
·Por haber contratado a la C. Albina Yohana Ramírez Arellano, quien es hermana de la C. Graciela Ramírez Arellano Regidora del H. Ayuntamiento del Municipio, incumpliendo con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 50 fracción V de la Ley Orgánica del Municipio y 5° fracción XXVII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas;
·No haber exhibido los documentos probatorios y/o convenio celebrado con la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado para la obtención de los recursos faltantes correspondientes a la aportación de los beneficiarios (Club Migrante) por el orden de $539,485.00, que demuestre la formalidad del adeudo entre ambas partes y los pagos correspondientes, y
·Por la no aclaración y presentación del Programa e Informe de avance físico financiero real de la aplicación de las 400 toneladas de cemento convenidas con la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno del Estado del programa Peso x Peso; así mismo por no indicar la relación de obras en las que aplicó las 33.50 toneladas que usó para hacer adocretos ($58,625.00), las 9 toneladas de cemento que tiene en bodega aun sin aplicar ($15,750.00) y las 214.00 toneladas de cemento faltantes de recoger y aplicar ($374,500.00); mismas que implican un monto total de $ 448,875.00, así mismo por no presentar por obra o acción, un expediente unitario con documentación técnica y social anexándole reporte fotográfico, generadores de obra y acta de entrega-recepción. En caso de tratarse de apoyos, no se anexaron documentos probatorios con nombre y firma de la persona que recibe y del funcionario(s) que autorizó anexando copia de identificación oficial de los beneficiarios; con fundamento en los artículos: 49 párrafo III de la Ley de Coordinación Fiscal, 118, 119, 120 y 121 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 185 y 189 del Reglamento de la misma Ley, 74 fracción XXVI, 100, 102 fracciones I y V , 105 fracciones I y VIII de la Ley Orgánica del Municipio.
2.- La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la cantidad de $5,732.75 (CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS 75/100 M.N.), a los CC. Lic. Víctor Javier Campos González y C. Pedro Flores Arellano quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Tesorero durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente, por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-04-2008-07/2009, por realizar erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobatorio, no justificando ni respaldando los gastos realizados. Lo anterior con fundamento en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I, 169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio.
3.-De igual manera, el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la cantidad de $32,100.00 (TREINTA Y DOS MIL CIEN PESOS 00/100 M.N.), a los CC. Lic. Víctor Javier Campos González y C. Pedro Flores Arellano, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Tesorero durante el periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Directos por erogaciones realizadas por concepto de viáticos y pasajes, no exhibiendo documentación que respalde las erogaciones realizadas y la justificación respecto de los trabajos ejecutados en dicha encomienda. Lo anterior con base en lo establecido en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV 96 fracciones I y XV, 169 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y Artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.
CONSIDERANDO ÚNICO.- Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron evaluadas por esta Soberanía Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2008 del Municipio de Benito Juárez, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Benito Juárez, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2008.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado para que, en los términos señalados en el presente Decreto, continúe de forma inmediata el trámite de:
I. PROMICIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, de las Acciones a Promover AF-08/04-003 y AF-08/04-025, a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Síndico, Tesorero y Regidores del H. Ayuntamiento, así como las derivadas de Solicitudes de Aclaración PF-08/04-005-01 y OP-08/04-013-01, a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorero y Director de Desarrollo Económico, lo anterior durante el periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
No realizar el cobro del incremento del 10% adicional del derecho causado sobre el entero a los establecimientos o locales en los que se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos con fundamento en el artículo 47 último párrafo de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas vigente, así como en los artículos 93 fracción lV y 96 fracciones l y lll de la Ley Orgánica del Municipio, no acatando la recomendación número AF-07/04-001, infringiendo además lo establecido en el artículo 5° fracciones I y XXVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas;
Por haber contratado a la C. Albina Yohana Ramírez Arellano quien es hermana de la C. Graciela Ramírez Arellano Regidora del H. Ayuntamiento del Municipio, incumpliendo con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 50 fracción V de la Ley Orgánica del Municipio y 5° fracción XXVII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, y
No haber exhibido los documentos probatorios y/o convenio celebrado con la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado para la obtención de los recursos faltantes correspondientes a la aportación de los beneficiarios (Club Migrante) por el orden de $539,485.00, que demuestre la formalidad del adeudo entre ambas partes y los pagos correspondientes.
II. PROMOCIONES PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS:
Por la no aclaración y presentación del Programa e Informe de avance físico financiero real de la aplicación de las 400 toneladas de cemento convenidas con la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno del Estado del programa Peso x Peso; así mismo por no indicar la relación de obras en las que aplicó las 33.50 toneladas que usó para hacer adocretos ($58,625.00), las 9 toneladas de cemento que tiene en bodega aun sin aplicar ($15,750.00) y las 214.00 toneladas de cemento faltantes de recoger y aplicar ($374,500.00), mismas que implican un monto total de $448,875.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.); así mismo, por no presentar por obra o acción, un expediente unitario con documentación técnica y social anexándole reporte fotográfico, generadores de obra y acta de entrega-recepción. En caso de tratarse de apoyos, no se anexaron documentos probatorios con nombre y firma de la persona que recibe y del funcionario(s) que autorizó anexando copia de identificación oficial de los beneficiarios; con fundamento en los artículos: 49 párrafo III de la Ley de Coordinación Fiscal, 118, 119, 120 y 121 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 185 y 189 del Reglamento de la misma Ley, 74 fracción XXVI, 100, 102 fracciones I y V , 105 fracciones I y VIII de la Ley Orgánica del Municipio;
Por la cantidad de $5,732.75 (CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS 75/100 M.N.), a los CC. Lic. Víctor Javier Campos González y C. Pedro Flores Arellano, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Tesorero durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente, por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-04-2008-07/2009, por realizar erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobatorio, no justificando ni respaldando los gastos realizados. Lo anterior con fundamento en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I, 169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, y
Por la cantidad de $32,100.00 (TREINTA Y DOS MIL CIEN PESOS 00/100 M.N.), a los CC. Lic. Víctor Javier Campos González y C. Pedro Flores Arellano, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Tesorero durante el periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Directos, por erogaciones realizadas por concepto de Viáticos y Pasajes, no exhibiendo documentación que respalde las erogaciones realizadas y la justificación respecto de los trabajos ejecutados en dicha encomienda. Lo anterior con base en lo establecido en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV 96 fracciones I y XV, 169 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y Artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diez.