Se aprueban los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Apozol, Zacatecas, del Ejercicio Fiscal 2008 - LX Legislatura (Sep 2010 - Sep 2013)
DECRETO # 6
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.-La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del municipio, y en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.-La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Apozol, Zacatecas, del ejercicio 2008;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2008 del Municipio de Apozol, Zacatecas, el día 11 de marzo de 2009, que fue presentada en tiempo y forma legales.
b).-Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 27 de julio de 2009, en oficio PL-02-01/1848/2009.
INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $21’277,064.51 (veintiún MILLONES doscientos setenta y siete MIL sesenta Y cuatro PESOS 51/100 M.N.), que se integran por el 67.92% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública; 28.32% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 3.76% de Otros Programas; con un alcance de revisión de 82.74%.
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $22’541,410.82 (veintidós MILLONES quinientos cuarenta y un mil cuatrocientos diez PESOS 82/100 M.N.), de los que se destinó el 59.76% para el concepto de Gasto Corriente y Deuda Pública, 5.79% para Obra Pública, 27.61% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 6.84% para Otros Programas; con un alcance de revisión del 44.38%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio 2008, un Déficit, por el orden de $1’264,346.31 (un millón doscientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y seis pesos 31/100 M.N.), en virtud de que sus egresos fueron mayores a sus ingresos, lo que se explica por la existencia en Caja y Bancos al inicio del ejercicio.
CUENTAS DE BALANCE:
BANCOS.- Se presentó un saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2008, de $309,719.12 (TRESCIENTOS nueve MIL setecientos diecinueve PESOS 12/100 M.N.), integrado en 7 cuentas bancarias a nombre del Municipio.
ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008, fue por $8’256,747.21 (ocho MILLONES DOSCIENTOS cincuenta Y seis MIL setecientos cuarenta y siete PESOS 21/100 M.n.).
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $1’636,000.00 (Un millón seiscientos treinta y seis mil pesos 00/100 M.N.) habiéndose ejercido el 76.00% del importe presupuestado. Se programaron 10 obras, fueron totalmente terminadas, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución.
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.- El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $3’056,784.00 (TRES MILLONES cincuenta Y seis MIL Setecientos ochenta Y cuatro PESOS 00/100 m.n.), distribuido de la siguiente manera: 95% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones, 3% para Gastos Indirectos y 2% para Desarrollo Institucional. El total presupuestado fue ejercido al cierre del año.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $2’210,883.00 (Dos millones doscientos diez mil ochocientos ochenta y tres pesos 00/100 m.n.), se destinó conforme a lo siguiente: 30.07% a Obligaciones Financieras, 8.50% a Seguridad Pública, 18.59% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones y 42.84% para Adquisiciones. La aplicación de los recursos al último día del ejercicio se realizó en un 99.48%.
PROGRAMA PESO X PESO.- Se revisaron recursos del Programa Estatal de Obras, que corresponde a la muestra seleccionada de cinco obras del Programa Peso x Peso con un monto de $315,000.00.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS:
CLASIFICACIÓN
INDICADOR
RESULTADO
Administración de Efectivo
Liquidez
No cuenta con liquidez ya que el Municipio dispone de $0.42 de activo circulante para pagar cada $1.00 de sus obligaciones a corto plazo.
Administración de Pasivo
Carga de la Deuda
La carga de la deuda fue por $2’480,816.04 que representa el 11.01% del gasto total.
Solvencia
Cuenta con un nivel positivo de solvencia para cumplir con sus obligaciones a largo plazo, ya que su pasivo total representa el 20.89% del total de sus activos.
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 84.10 %.
Administración
Presupuestaria
Realización de Inversiones, Servicios y Beneficio Social
El 41.51% de los Ingresos por Participaciones y Aportaciones Federales fue destinado a obras de Infraestructura, servicios públicos y obras de beneficio social, existiendo por tanto un nivel no aceptable de inversión en los rubros mencionados.
Índice de Tendencias de Nómina
La nómina presentó incremento del 4.43% respecto del ejercicio anterior.
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 68.54% del total del gasto de operación.
Resultado Financiero
Presenta un grado no aceptable de equilibrio financiero en la administración de sus recursos.
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS:
a)Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal:
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS.
Nivel de Gasto; porcentaje ejercido del monto asignado (a la fecha de revisión)
100.0
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS.
Concentración de inversión en pavimentos
23.8
Porcentaje de viviendas que carecen del servicio de agua potable
2.4
Porcentaje de viviendas que no cuentan con drenaje
1.2
Porcentaje de viviendas que no cuentan con energía eléctrica
0.5
Concentración de inversión en la Cabecera Municipal
22.9
Concentración de la población en la Cabecera Municipal
39.3
DIFUSIÓN.
Índice de difusión de obras y acciones a realizar, incluyendo costo, ubicación, metas y beneficiarios.
100.0
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios:
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
ORIENTACIÓN DE LOS RECURSOS (a la fecha de revisión)
Gasto en Obligaciones Financieras
30.1
Gasto en Seguridad Pública
8.0
Gasto en Obra Pública
6.8
Gasto en Otros Rubros
54.6
Nivel de Gasto ejercido
99.5
c)Programa Municipal de Obras:
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto a la fecha de revisión
76.0
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS
Porcentaje de obras que no están terminadas y/o no operan (según revisión)
N/A
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Porcentaje de obras de la muestra de auditoría con acta de entrega recepción
N/A
d) Servicios Públicos
INDICADOR
INTERPRETACIÓN
RELLENO SANITARIO
El Relleno Sanitario cumple en 47.4% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, teniendo un nivel No aceptable en este rubro.
RASTRO MUNICIPAL
El Municipio no cuenta con Rastro Municipal.
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO:
El Municipio de Apozol, Zacatecas, cumplió en 87.70% con la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/676/2010 de fecha 22 de marzo de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
TIPO DE ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
Cantidad
Tipo
Acciones Correctivas
Pliego de Observaciones
3
2
1
Fincamiento Responsabilidad Resarcitoria
1
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control
8
4
4
Órgano Interno de control
4
Solicitud de Aclaración
2
0
2
Recomendación
2
Subtotal
13
6
7
7
Acciones Preventivas
Recomendación
15
1
14
Recomendación
14
Subtotal
15
1
14
14
TOTAL
28
7
21
21
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad; teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
1.-La Auditoría Superior del Estado en relación a las Recomendaciones y las Solicitudes de Intervención del Órgano Interno de Control, solicitó la atención de las autoridades municipales, con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
2.-La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, resultado de las Acciones a Promover AF-08/01-001, AF-08/01-010 y PF-08/01-002, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, durante el ejercicio fiscal 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
No apegarse a la Ley de Ingresos del Municipio referente al cobro del Impuesto Predial y por no actualizar los registros catastrales.
Por realizar pagos de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social de 13 personas que no tienen relación laboral con el ente auditado, por un importe de $72,995.36 (SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 36/100 M.N.).
Por haber realizado aportación de Recursos del Fondo III en rubros no autorizados en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como por efectuar erogaciones para obras y acciones que no cumplen con los citados ordenamientos.
3.- La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria por la cantidad de $69,972.00 (sesenta y nueve mil novecientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.),a los CC. M.V.Z. Miguel Sandoval Bañuelos, Profr. Jesús Macías Estrada y Arq. Octavio Ramos Castañeda, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras Públicas durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directos respectivamente, por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-01-2008-05/2009, por la diferencia obtenida de la cuantificación del cemento aplicado comparado con lo adquirido por 51.45 toneladas que equivale al monto ya referido, asimismo por no exhibir evidencia fehaciente de su utilización en obras realizadas por el municipio.
CONSIDERANDO ÚNICO.-Las observaciones de la Auditoría Superior, fueron evaluadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2008 del Municipio de Apozol, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de Administración y Gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Apozol, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2008.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto, continúe de forma inmediata el trámite de:
I. PromociÓN PARA EL FINCAMIENTO de Responsabilidad Administrativacon carácter resarcitorio, de la Acción a Promover AF-08/01-001, a quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el ejercicio fiscal 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
Realizar pagos de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social de 13 personas que no tienen relación laboral con el ente auditado, por un importe de $72,995.36 (SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 36/100 M.N.).
II. Promocionespara el FINCAMIENTO de Responsabilidad Administrativa, de las Acciones a Promover AF-08/01-010 y PF-08/01-002, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, durante el ejercicio fiscal 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
No apegarse a la Ley de Ingresos del Municipio referente al cobro del Impuesto Predial y por no actualizar los registros catastrales, y
Por haber realizado aportación de Recursos del Fondo III en rubros no autorizados en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como por efectuar erogaciones para obras y acciones que no cumplen con los citados ordenamientos.
III. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA:
Por la cantidad de $69,972.00 (SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), a los CC. M.V.Z. Miguel Sandoval Bañuelos, Profr. Jesús Macías Estrada y Arq. Octavio Ramos Castañeda, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras Públicas durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directos respectivamente, por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-01-2008-05/2009, por la diferencia obtenida de la cuantificación del cemento aplicado comparado con lo adquirido por 51.45 toneladas que equivale al monto ya referido, asimismo por no exhibir evidencia fehaciente de su utilización en obras realizadas por el Municipio.
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diez.