Unidad de Acceso a la Información Pública.

Unidad de Transparencia

L.R.I. Ana Lidia Longoria Cid.

Funciones:

 
I.      Planear y programar las propuestas de mejoras sobre la normatividad, procedimientos y formatos necesarios para asegurar la mayor eficiencia en la publicación de la información en la página de Internet de la Legislatura y en la gestión de las solicitudes de acceso a la información del público.
 
II.      Coordinar la difusión de la información pública, en la página de Internet de la Legislatura, con la Coordinación de Comunicación Social y con la Unidad Centralizada de Información Digitalizada;
 
III.      Solicitar a las unidades administrativas la actualización periódica de la información que posean, adquieran, generen y transformen, con excepción de la clasificada como reservada o confidencial;
 
IV.      Dirigir la recepción y trámite interno de las solicitudes de acceso a la información presentadas por escrito o vía correo electrónico por el público;
 
V.      Proponer criterios para la organización de los documentos y archivos de las unidades administrativas y de la guía pública de los sistemas de clasificación y catalogación;
 
VI.      Coordinar la elaboración de los informes diarios, semanales, mensuales y anuales de actividades en materia de transparencia y acceso a la información;
 
VII.      Integrar y mantener actualizado el registro de los asuntos de su competencia;
 
VIII.      Rendir a la Secretaría General un informe mensual de las actividades realizadas;
 
IX.      Formular y presentar a la Secretaría General los reportes que se le requieran, así como el manual de procedimientos de su área;
 
X.      Participar en lo que corresponde a su área en la formulación del presupuesto y del anteproyecto de Programa General de Trabajo, así como los lineamientos y procedimientos para su ejecución y control;
 
XI.      Crear, clasificar, actualizar y custodiar los archivos documentales y electrónicos relacionados con el Instituto, así como preservar la seguridad de los mismos con el desarrollo de respaldos en medios electrónicos que garanticen su salvaguarda;
 
XII.      Diseñar e instrumentar programas de prestación de servicio social en la Unidad, y
 
XIII.      Las demás necesarias para garantizar y agilizar el flujo de información entre la Legislatura y los particulares, así como las que le sean encomendadas por la Secretaria General.
 
Última actualización: 03 de Octubre de 2016
Responsable de actualizar la información: Unidad de Enlace
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