ARTÍCULO 43

El patrimonio del Fondo de Desarrollo y Fomento al Turismo de Zacatecas, se integrará con:

I. Las aportaciones que efectúe el Gobierno del Estado;

II. Las aportaciones que en su caso efectúe la Secretaría;

III. Las aportaciones que en su caso efectúen los prestadores de servicios turísticos y organismos relacionados con el turismo;

IV. Los créditos que obtenga;

V. Los productos de sus operaciones y de la inversión de fondos; y

VI. Los demás recursos que se generen por cualquier otro concepto.

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