Para los efectos de lo dispuesto en la fracción XIII del artículo 3 de la presente ley, los contribuyentes tendrán derecho a corregir su situación fiscal en las distintas contribuciones objeto de la revisión, mediante la presentación de la declaración normal o complementaria que, en su caso, corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal del Estado de Zacatecas y sus Municipios.