Artículo 1

La presente ley es de orden público, de aplicación en todo el territorio del Estado de Zacatecas y tiene por objeto:

 
I. Regular los derechos y garantías básicas de los contribuyentes en sus relaciones con las autoridades fiscales;
 
II. Organizar el funcionamiento de la Comisión;
Fracción reformada POG 20/12/2017 Decreto (273) y 31/12/2018 (Decreto 112), y 
Declaratoria de Invalidez del Decreto 273, DOF: 20/03/2019
 
III. Garantizar el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal, respecto de contribuciones y aprovechamientos de ámbito estatal y municipal, mediante asesoría, representación y defensa, mediación, recepción de quejas y emisión de recomendaciones en los términos que este mismo ordenamiento establece, y
 
IV. Promover una cultura contributiva, el estudio, enseñanza y la divulgación de las disposiciones fiscales, así como, promover su exacto cumplimiento.
 
De manera supletoria a las disposiciones del presente ordenamiento, se aplicarán las leyes fiscales del Estado.
 
Los derechos y garantías consagradas en la presente ley en beneficio de los contribuyentes, les serán igualmente aplicables a los responsables solidarios.


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