Artículo 85
Es obligación de los Sujetos Obligados:
I. Difundir, preservar, resguardar y proteger el patrimonio documental de la Entidad;
II. Fomentar actividades archivistas;
III. Impulsar actividades que permitan a los zacatecanos conocer la importancia de los archivos así como de sus acervos; y
IV. Las demás que establezca esta Ley y su Reglamento.
Regresar a