CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES



Artículo 1

La presente Ley es de orden público y observancia general para el Estado de Zacatecas. Tiene por objeto homologar las disposiciones que garanticen la correcta organización, conservación, administración y preservación de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos de los poderes Ejecutivo del ámbito estatal y municipal, Legislativo, y Judicial, organismos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado o municipios.

Así como determinar las bases de organización y funcionamiento del Sistema Estatal de Archivos del Estado de Zacatecas. Además de fomentar la difusión del patrimonio documental del Estado de Zacatecas y de una cultura archivística.
Artículo reformado POG 29/09/2018 (Decreto 481)


Artículo 2

Son objetivos de esta Ley:

I. Promover el uso de métodos y técnicas archivísticas encaminadas al desarrollo de sistemas de archivos que garanticen la organización, conservación, disponibilidad, integridad y localización expedita de los documentos de archivo que poseen los Sujetos Obligados, contribuyendo a la eficiencia y eficacia de la administración pública, la correcta gestión gubernamental y el avance institucional;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
II. Garantizar la seguridad, protección y adecuada conservación de los documentos de archivo depositados en los archivos de los Sujetos Obligados;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
III. Regular y vigilar la organización y funcionamiento del sistema institucional de archivos de los Sujetos Obligados, a fin de que éstos se actualicen y permitan la publicación en medios electrónicos de la información relativa a sus indicadores de gestión y al ejercicio de los recursos públicos, así como de aquella que por su contenido sea de interés público;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
IV. Promover y fomentar la cultura archivística así como los documentos de archivo producidos por los Sujetos Obligados;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
V. Promover y fomentar el uso y aprovechamiento de tecnologías de la información para la automatización de los archivos de los Sujetos Obligados, encaminados al establecimiento de gobiernos digitales y abiertos en el ámbito estatal y municipal que beneficien con sus servicios a la ciudadanía;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
VI. Establecer mecanismos y políticas públicas de colaboración entre las autoridades estatales, municipales, organismos autónomos y demás Sujetos Obligados en materia de archivos;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
VII. Promover la organización, conservación, difusión y divulgación del patrimonio documental del Estado y el libre acceso a los archivos que contribuya al ejercicio del derecho a la verdad y a la memoria de conformidad con las disposiciones aplicables;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
VIII. Promover la cultura de calidad en los archivos mediante la adopción de buenas prácticas nacionales e internacionales, y
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
IX. Promover el uso y difusión de los archivos producidos por los Sujetos Obligados, para favorecer la toma de decisiones, la investigación y el resguardo de la memoria institucional de México.
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)


Artículo 3

Son Sujetos Obligados:

I. El Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas;
 
II. El Poder Legislativo del Estado de Zacatecas;
III. El Poder Judicial del Estado de Zacatecas;
 
IV. Los municipios del Estado de Zacatecas;
 
V. Los organismos autónomos;
 
VI. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
VII. Los partidos políticos;
 
VIII. Fideicomisos;
 
IX. Fondos Públicos;
 
X. Sindicatos; y
 
XI. Cualquier otra autoridad, entidad, organismo u órgano estatal, y
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XII. Cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos.
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)


Artículo 4

La interpretación de esta Ley corresponde, en el orden administrativo, al Titular del Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría General de Gobierno, así como al Director General del Archivo General del Estado de Zacatecas.

Párrafo reformado POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
A falta de disposición expresa en la presente Ley, se aplicarán de manera supletoria las disposiciones administrativas correspondientes en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado y Municipios de Zacatecas y el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas.
Párrafo adicionado POG 29/09/2018 (Decreto 481)


Artículo 5

Para los efectos de esta Ley y su ámbito de aplicación se entenderá por:

I. Acceso. Facultad de utilizar el material de un fondo, sometido por regla general a determinadas normas y condiciones.
 
I-A.  Acervo. Conjunto de documentos producidos y recibidos por los Sujetos Obligados en el ejercicio de sus atribuciones y funciones con independencia del soporte, espacio o lugar que se resguarden;
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
I-B. Actividad archivística. Conjunto de acciones encaminadas a administrar, organizar, conservar y difundir documentos de archivo;
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
II.
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
III. Archivo. Conjunto organizado de documentos producidos o recibidos por los Sujetos Obligados en el ejercicio de sus atribuciones y funciones, con independencia del soporte, espacio o lugar que se resguarden;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
IV. … 
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
V. Archivo de concentración. Unidad responsable de la administración de documentos cuya consulta es esporádica por parte de las unidades administrativas de los Sujetos Obligados y que, permanecen en él hasta su destino final.
 
VI. Archivo de trámite. Integrado por documentos de archivo de uso cotidiano y necesario para el ejercicio de las atribuciones y funciones de los Sujetos Obligados;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
VII. Archivo histórico. Fuente de acceso público y área responsable de administrar, organizar, describir, conservar y divulgar la memoria documental institucional, así como la integrada por documentos o colecciones documentales ficticias de relevancia para la memoria nacional, estatal o municipal.
 
VIII. Archivo privado de interés público. Conjunto de Documentos de interés público, histórico o cultural, que se encuentran en propiedad de particulares, que no reciban o ejerzan recursos públicos ni realicen actos de autoridad en los diversos ámbitos de gobierno;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
IX. Área coordinadora de archivos. Instancia encargada de promover y vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de gestión documental y administración de archivos así como de coordinar las áreas operativas del Sistema Institucional de Archivos;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
X. Áreas operativas. Áreas que integran el Sistema Institucional de Archivos las cuales son: unidad de correspondencia, archivo de trámite, archivo de concentración y, en su caso, archivo histórico.
 
XI. Baja documental. Eliminación de aquella documentación que haya prescrito su vigencia, valores documentales y, en su caso, plazos de conservación; y que no posea valores históricos, de acuerdo con la Ley, y las disposiciones jurídicas aplicables;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XII. Catálogo de disposición documental. Registro general y sistemático que establece los valores documentales, la vigencia documental, los plazos de conservación y la disposición documental;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XIII. Clasificación archivística. Proceso de identificación y agrupación de expedientes homogéneos con base en la estructura funcional de los Sujetos Obligados;
 
XIV. … 
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XV. … 
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XVI. Conservación de archivos. Conjunto de procedimientos y medidas destinados a asegurar la prevención de alteraciones físicas de los documentos en papel y la preservación de los documentos digitales a largo plazo;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XVII. Ciclo vital del documento. Las etapas por las que atraviesan los documentos de archivo desde su producción o recepción hasta su baja o transferencia a un archivo histórico;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XVIII. Consejo Estatal. El Consejo de Archivos del Estado de Zacatecas.
 
XVIII. A. Consejo Nacional. Consejo Nacional de Archivos;
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XIX. Conservación de archivos. Conjunto de procedimientos y medidas destinadas a asegurar la prevención de alteraciones físicas de los documentos en papel y la preservación de los documentos digitales a largo plazo;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XX. Cuadro general de clasificación archivística. Instrumento técnico que refleja la estructura de un archivo con base en las atribuciones y funciones de cada sujeto obligado.
 
XXI. Datos abiertos. Datos digitales de carácter público que son accesibles en línea y pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos, por cualquier interesado.
 
XXII.
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXIII.
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXIV. Digitalización. La técnica que permite convertir la información que se encuentra guardada de manera analógica, en soporte como papel, video, casetes, cinta, película, microfilm, etc., en una forma que sólo puede leerse o interpretarse por medio de una infraestructura tecnológica.
 
XXV. Director General. Titular de la Dirección General del Archivo General del Estado de Zacatecas.
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXVI. Disposición documental. Selección sistemática de los expedientes de los archivos de trámite o concentración cuya vigencia documental o uso ha prescrito, con el fin de realizar transferencias ordenadas o bajas documentales;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXVII.
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXVIII. Documento de archivo. A aquel que registra un hecho, acto administrativo, jurídico, fiscal o contable, producido, recibido y utilizado en el ejercicio de las facultades, competencias o funciones de los Sujetos Obligados, independientemente de su soporte documental;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXIX.
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXX. Documento histórico. A los que se preservan permanentemente porque poseen valores evidenciales, testimoniales e informativos relevantes para la sociedad, y que por ello forman parte íntegra de la memoria colectiva de México y son fundamentales para el conocimiento de la historia nacional, regional o local;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXXI. Entes públicos. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos constitucionalmente autónomos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, los municipios, la Fiscalía General de Justicia del Estado, los órganos jurisdiccionales que no formen parte del Poder Judicial, así como cualquier otro ente sobre el que tenga control cualquiera de los poderes y órganos públicos estatales y municipales;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXXII. Estabilización. Procedimiento de limpieza de documentos, fumigación, integración de refuerzos, extracción de materiales que oxidan y deterioran el papel, y resguardo de documentos sueltos en papel libre de ácido, entre otros.
 
XXXIII. Expediente. A la unidad documental compuesta por documentos de archivo, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de los Sujetos Obligados;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXXIV. Expediente electrónico: al conjunto de documentos electrónicos correspondientes a un procedimiento administrativo, cualquiera que sea el tipo de información que contengan.
 
XXXV. Ficha técnica de valoración documental: al instrumento que permite identificar, analizar y establecer el contexto y valoración de la serie documental.
 
XXXVI. Firma electrónica avanzada: al conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.
 
XXXVII. Fondo. Al conjunto de documentos producidos orgánicamente por un sujeto obligado que se identifica con el nombre de este último;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXXVIII. Gestión documental. Al tratamiento integral de la documentación a lo largo de su ciclo vital, a través de la ejecución de procesos de producción, organización, acceso, consulta, valoración documental y conservación;
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XXXIX. Grupo Interdisciplinario. Al conjunto de personas que deberá estar integrado por el titular del área coordinadora de archivos, la unidad de transparencia; los titulares de las áreas de planeación estratégica, jurídica, mejora continua, órganos internos de control o sus equivalentes; las áreas responsables de la información, así como el responsable del archivo histórico, con la finalidad de coadyuvar en la valoración documental;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XL. Interoperabilidad. Capacidad de los sistemas de información de compartir datos y posibilitar el intercambio entre ellos.
 
XLI. Instrumentos de control archivístico. Instrumentos técnicos que propician la organización, control y conservación de los documentos de archivo a lo largo de su ciclo vital que son el Cuadro general de clasificación archivística y el Catálogo de disposición documental.
 
XLII. Instrumentos de consulta. Instrumentos que describen las series, expedientes o documentos de archivo y que permiten la localización, transferencia o baja documental.
 
XLIII. Inventarios documentales. Instrumentos de consulta que describen las series y expedientes de un archivo y que permiten su localización (inventario general), transferencia (inventario de transferencia) o baja documental (inventario de baja documental).
 
XLIV. Ley. Ley de Archivos para el Estado de Zacatecas;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
XLV. Metadato. Conjunto de datos que describen el contexto, contenido y estructura de los documentos de archivo y su administración a través del tiempo, y que sirven para identificarlos, facilitar su búsqueda, administración y control de su acceso.
 
XLVI. Organización. Conjunto de operaciones intelectuales y mecánicas destinadas a la clasificación, ordenación y descripción de los distintos grupos documentales con el propósito de consultar y recuperar, eficaz y oportunamente, la información. Las operaciones intelectuales consisten en identificar y analizar los tipos de documentos, su procedencia, origen funcional y contenido, en tanto que las operaciones mecánicas son aquellas actividades que se desarrollan para la ubicación física de los expedientes.
 
XLVII. Órgano de Gobierno. Órgano de Gobierno del Archivo General del Estado de Zacatecas.
 
XLVIII. Órgano de Vigilancia. al Órgano de Vigilancia del Archivo General del Estado de Zacatecas.
 
XLIX. Patrimonio documental del Estado de Zacatecas. A los documentos que, por su naturaleza, no son sustituibles y dan cuenta de la evolución del Estado y de las personas e instituciones que han contribuido en su desarrollo; además de transmitir y heredar información significativa de la vida intelectual, social, política, económica, cultural y artística de una comunidad, incluyendo aquellos que hayan pertenecido o pertenezcan a los archivos de los órganos federales, entidades federativas, municipios, casas curales o cualquier otra organización, sea religiosa o civil;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
L. Plazo de conservación. Al periodo de guarda de la documentación en los archivos de trámite y concentración, que consiste en la combinación de la vigencia documental y, en su caso, el término precautorio y periodo de reserva que se establezca de conformidad con la normatividad aplicable;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LI. … 
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LII. Preservación digital. Proceso específico para mantener los materiales durante las diferentes generaciones de la tecnología, a través del tiempo, con independencia de los soportes en los que se almacenan.
 
LIII. Programa anual. Programa anual de desarrollo archivístico.
 
LIII. Bis. Registro Estatal. Registro Estatal de Archivos;
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LIV. Reglamento. Reglamento de la Ley.
 
LV. Sección. Cada una de las divisiones del fondo documental basada en las atribuciones de cada sujeto obligado de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LVI. Serie. División de una sección que corresponde al conjunto de documentos producidos en el desarrollo de una misma atribución general integrados en expedientes de acuerdo a un asunto, actividad o trámite específico;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LVII. Sistema institucional. A los sistemas institucionales de archivos de cada sujeto obligado.
 
LVIII. Sistema del Estado de Zacatecas. Sistema Estatal de archivos del Estado de Zacatecas;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LIX. Sistematización. Proceso mediante el cual se organizan, de forma controlada, los procedimientos de la gestión documental en el Sistema Institucional de Archivos.
 
LX. Soportes documentales. A los medios en los cuales se contiene información además del papel, siendo estos materiales audiovisuales, fotográficos, fílmicos, digitales, electrónicos, sonoros, visuales, entre otros;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LX. Bis. Subserie. A la división de la serie documental;
Fracción adicionada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LXI. Transferencia. Traslado controlado y sistemático de expedientes de consulta esporádica de un archivo de trámite al archivo de concentración (transferencia primaria) y de expedientes que deben conservarse de manera permanente, del archivo de concentración al archivo histórico (transferencia secundaria).
 
LXII. Trazabilidad. Cualidad que permite, a través de un sistema automatizado para la gestión documental y administración de archivos, identificar el acceso y la modificación de documentos electrónicos;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LXIII.
Fracción derogada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LXIV. Valoración documental. Actividad que consiste en el análisis e identificación de los valores documentales; es decir, el estudio de la condición de los documentos que les confiere características específicas en los archivos de trámite o concentración, o evidenciales, testimoniales e informativos para los documentos históricos, con la finalidad de establecer criterios, vigencias documentales y, en su caso, plazos de conservación, así como para la disposición documental;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
LXV. Vigencia documental. Periodo durante el cual un documento de archivo mantiene sus valores administrativos, legales, fiscales o contables, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes y aplicables.


Artículo 6

Los Sujetos Obligados se regirán bajo los siguientes principios:

I. Conservación. Adoptar las medidas de índole técnica, administrativa, ambiental y tecnológica, para la adecuada preservación de los documentos que integran los archivos;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
II. Procedencia. Conservar el origen de cada fondo documental producido por los Sujetos Obligados, para distinguirlo de otros fondos semejantes y respetar el orden interno de las series documentales en el desarrollo de su actividad institucional;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
III. Integridad. Garantizar que los documentos de archivo estén completos y sean veraces para reflejar con exactitud la información contenida;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
 
IV. Disponibilidad. Adoptar medidas pertinentes para la localización expedita de los documentos de archivo;
Fracción reformada POG 29/09/2018 (Decreto 481)
V. Accesibilidad. Garantizar el acceso a la consulta de los archivos de acuerdo con esta Ley y las disposiciones jurídicas aplicables.



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