Artículo 32

Las crías que sigan a las hembras de ganado mayor herradas y ganados menores señalados, salvo prueba en contrario, pertenecerán al propietario del fierro, marca o señal con que estén identificados, siempre que se encuentren debidamente registrados.



Regresar a Ley de Fomento a la Ganadería del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.206789 segundos