ARTÍCULO 78

Para obtener una concesión o permiso experimental los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Si es persona física:
 
a) Ser mexicano, preferentemente originario y residente en la Entidad;
 
b) Ser mayor de edad;
 
c) Tener capacidad física y mental para la prestación del servicio;
 
d) Comprobar la propiedad, legal posesión o la promesa de adquirir la unidad con la que pretenda prestarse el servicio y declarar las características de la misma.
Párrafo reformado POG 06-08-2016.
 
En el caso de la promesa, la concesión se otorgará con la leyenda de que se expide condicionada al cumplimiento de ésta en un plazo de cuarenta y cinco días hábiles, y si al final de éste término no se cumpliera, automáticamente quedará cancelada.
Párrafo adicionado POG 06-08-2016.
 
e) Acreditar que el vehículo mantiene condiciones de baja emisión de contaminantes;
 
f) Contratar seguro del viajero para los usuarios del servicio, y
 
g) Tener capacidad económica para la prestación del servicio.
 
II. Si es persona moral:
 
a) Estar legalmente constituida y tener su domicilio fiscal en el Estado;
b) No tener incapacidad para contratar;
 
c) Acreditar la propiedad del vehículo con el que se pretenda otorgar el servicio;
 
d) Acreditar que el vehículo mantiene condiciones de baja emisión de contaminantes;
 
e) Contratar seguro contra terceros, y
 
f) Tener capacidad económica para la prestación del servicio cuya modalidad solicite.
 
III. Los dos tipos de personas deberán, además:
 
a) Presentar sus solicitudes por escrito, dirigidas al Gobernador;
 
b) Acreditar su personalidad;
 
c) Pagar los derechos correspondientes;
 
d) Cubrir los demás requisitos que establezcan la Ley y sus reglamentos, y
 
e) Participar en los concursos respectivos.
 
De conformidad con la Constitución del Estado, serán preferidos los zacatecanos frente a quienes no lo sean para toda clase de concesiones que deban otorgar los gobiernos del Estado o de sus Municipios, y en la asignación de empleos, cargos o comisiones, remunerados u honoríficos, que corresponda discernir a dichos gobiernos.


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