Artículo 266

La discusión y votación del proyecto de laudo se llevará a cabo en sesión privada del Tribunal, de conformidad con las normas siguientes:

I. La o el Secretario General de Acuerdos dará lectura al proyecto; en su caso, a los alegatos producidos por las partes;
Reformado POG 19-12-2009
 
II. La o el Presidente pondrá a discusión el proyecto; y
Reformado POG 19-12-2009
 
III. Terminada la discusión, se procederá a la votación, y la o el Presidente declarará el resultado.
Reformado POG 19-12-2009


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