Artículo 206

Al declararse procedente la excusa, la sustitución se hará de la siguiente forma:

I. Si se trata de la o el Magistrado Presidente, por la o el Secretario General de Acuerdos y de éste por la o el actuario; o
Reformado POG 19-12-2009
 
II. Si se trata de las o los magistrados representantes, por sus respectivos suplentes.
Reformado POG 19-12-2009


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